USO interpone recurso contencioso-administrativo contra la composición de la Comisión Interministerial para el Desarrollo y Mejora de la Inclusión de las Cláusulas Sociales en la Contratación Pública

USO ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo especial para la protección de los derechos fundamentales de la persona contra el Real Decreto 667/2023, de 18 de julio, por el que se crea la Comisión Interministerial para el Desarrollo y Mejora de la Inclusión de las Cláusulas Sociales en la Contratación Pública.

La composición de esta Comisión se limita, en cuanto a los sindicatos que pueden participar en la misma, a los más representativos. Nuevamente, se vulnera el Derecho de Libertad Sindical de USO.

“USO queda excluido de poder colaborar, proponer, analizar… y, en definitiva, ser oído en una materia en la que nuestros posicionamientos pueden enriquecer la elaboración del listado de criterios sociales en el ámbito de la contratación pública”, denuncia Joaquín Pérez, secretario general de USO.

Pérez incide en que “su fin, de hecho, es fomentar la mejora del empleo estable y de calidad; la información, la accesibilidad y las prescripciones técnicas; la adjudicación y la ejecución de los contratos, entre otros aspectos”.

Esta Comisión tiene una íntima conexión con otro tipo de órganos, como el Consejo Estatal de Responsabilidad Social en las empresas (CERSE) y el Consejo Estatal de Desarrollo Sostenible. De estos, USO forma parte como consecuencia de sendas sentencias estimatorias a favor de nuestro sindicato, dictadas por el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional, respectivamente.

No olvidemos que esta Comisión está adscrita como órgano colegiado al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, a través de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales. Por ello, la exclusión de USO de esta Comisión no encuentra justificación legal ni objetiva ni proporcional.

“Trata materias que se encuentran perfectamente relacionadas y que no tienen nada que ver con la denominada representación institucional. Estamos ante un nuevo ataque a la libertad sindical y un intento más por reducir la representación de los trabajadores a dos únicos sindicatos”, recalca el secretario general de USO.

El fundamento de esta Comisión reside en la necesidad de trabajar de manera coordinada entre todas las Administraciones y los actores sociales, económicos y medioambientales. Y busca dar voz a un amplio abanico de actores destacados, de índole social, económica, cultural, y medioambiental, en el debate público para la configuración e implementación de la Agenda 2030.

La Comisión, por otra parte, ya fue objeto de análisis en la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo 1719/2019, de 12 de diciembre de 2019. En ella, se falló la nulidad del anterior Real Decreto que la regulaba, debido a la omisión del trámite de audiencia a los sindicatos en la elaboración de la norma.

En esta sentencia, se interpretaba la transcendencia de esta norma al proyectarse sobre los intereses legítimos de los ciudadanos y de las organizaciones que los representan; y, más concretamente, sobre la naturaleza, incidencia y efectos que producía la disposición general impugnada respecto de los sindicatos. No hacía mención alguna a la exigencia de ser organización sindical más representativa.

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