El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha establecido que el plazo de prescripción de un año para reclamar indemnizaciones por daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo solo comienza a contar cuando el beneficiario tiene conocimiento pleno de las secuelas y consecuencias del accidente.
María del Mar Enciso, abogada que ha obtenido el fallo, explica que “la sentencia determina que la fecha para reclamar daños y perjuicios debe fijarse en la resolución administrativa dictada en el expediente de invalidez. Esta resolución es la que establece de manera definitiva el impacto en el trabajador”.
El caso en cuestión involucra a un trabajador que sufrió un accidente laboral y quedó con una incapacidad permanente total para su profesión. Tras demandar a su empresa y a su aseguradora, la sala confirmó que el plazo para presentar una reclamación no comienza hasta que se emite una sentencia firme sobre la incapacidad permanente. porque es en ese momento cuando el trabajador conoce la magnitud definitiva de sus lesiones.
Enciso aclara que “la sentencia establece claramente que el documento que da inicio al plazo de prescripción para reclamar daños y perjuicios es la resolución definitiva del expediente administrativo de incapacidad permanente, ya sea desde la fecha de su emisión si no ha sido recurrida, o desde que se dicté una sentencia firme en caso de que haya sido impugnada judicialmente”.
Valora este contenido.
Sé el primero en puntuar este contenido.
No hay entradas relacionadas
Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.
Las cookies estrictamente necesarias tiene que estar siempre activadas para el correcto funcionamiento de la web. No recogen ningún tipo de información personal.
Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.
Utilizamos cookies de análisis o medición que son aquellas que, tratadas por nosotros, nos permiten el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas, incluida la cuantificación de los impactos de los anuncios.
La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma, con el fin de introducir mejoras en los productos o servicios ofertados en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.
¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!
Utilizamos cookies publicitarias que son aquellas que, tratadas por nosotros o por terceros, almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico de navegación de los usuarios para mostrarles publicidad en función del mismo.
¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!