El Juzgado Mercantil 2 de Barcelona ha desestimado la demanda interpuesta por la empresa Just Eat contra Glovo a la que reclamaba 295.000.000 euros por competencia desleal, al considerar que la plataforma actuó siempre «dentro de la legalidad» y que los contratos desde 2019 garantizaban la autonomía de los repartidores, permitiendo estos servicios en régimen de autónomo.
Según la sentencia consultada por Europa Press, el juez considera que ambas empresas presentan modelos de negocio diferentes, ya que el 80% del negocio de Just Eat es el mercado físico y el 20% a domicilio, en comparación con Glovo, donde sucede «lo contrario», por lo que la laboralización de los riders no es la única diferencia.
Además, la sentencia considera que el servicio de reparto de comida a domicilio mediante plataformas digitales es un negocio «innovador, tecnológicamente avanzado» y que el marco laboral de su regulación resulta controvertido y obsoleto, textualmente.
Autónomos
Just Eat presentó una demanda en noviembre del año pasado contra la empresa fundada por Óscar Pierre por presuntamente contratar a sus ‘riders’ como falsos autónomos, motivo por el que le reclamaba 295 millones de euros en concepto de daños y perjuicios.
En la demanda, alegó que existían «numerosas sentencias» que condenaban a Glovo por contratar a sus repartidores como falsos autónomos, así como por vulnerar la normativa de Derecho Laboral, un hecho que el juez ha rechazado.
El magistrado añade que muchos trabajadores prefieren el régimen de trabajo autónomo porque les permite prestar el servicio a su conveniencia en una u otra plataforma, en uno u otro lugar o durante el tiempo que deseen, textualmente.
«En mi criterio no hay nadie más indicado que los propios afectados para decidir lo que mejor les conviene, excepto algún iluminado y omnisciente burócrata que parece gozar de un privilegiado acceso a la Verdad», afirma.
Ahorro de costes
Just Eat también hizo referencia en la demanda a que la empresa estaba en una clara situación de desventaja competitiva, ya que a diferencia de Glovo, sí que contrataba a los repartidores por cuenta ajena, incurriendo en elevados costes adicionales, y cifraba en más de 645 millones el ahorro de Glovo por contratar «falsos autónomos».
No obstante, el juez afirma que si Glovo no hubiera contratado repartidores autónomos el coste por pedido hubiera sido igual que el incurrido por Just Eat, por lo que supone «una premisa incoherente con los datos aportados por la propia demandante».
Por otro lado, indica factores que han afectado al mercado como el impacto de la pandemia del Covid-19 y la guerra de Ucrania, que generó un enorme aumento de los costes operativos como consecuencia del incremento del precio del combustible, que afectó al coste de reparto, incluso llegando a cerrar plataformas por falta de rentabilidad.
Estrategias de negocio diferentes
En cuanto a las estrategias de negocio, el magistrado dice que ambas empresas han evolucionado de manera distinta a lo largo de los años y han ido incorporando o desarrollando cada una de estas actividades de intermediación, reparto y multiplataforma en tiempos, ciudades y modos distintos.
Señala diferencias entre una empresa y otra a la hora de llevar a cabo su negocio; en cuanto a Just Eat, el juez considera que mantuvo una estrategia de diferenciación por servicio y legalidad, apostó por un modelo de entrega más formal y regulado, buscando posicionarse como la opción «responsable y de calidad».
El fallo sostiene que Glovo mantuvo una estrategia muy activa de expansión territorial llegando a más ciudades medias y pequeñas que sus competidores, buscó ocupar nichos locales de mercado donde los competidores tenían menos presencia, «utilizando promociones masivas y una fidelización flexible, aplicando cupones agresivos, descuentos cruzados y planes de fidelización adaptados a públicos locales».
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