¿Responde la aseguradora de la empresa de la indemnización derivada de un accidente de trabajo cuando la reclamación se dirige contra ella más de doce meses después de la extinción de la póliza?

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 14 de abril de 2025.

Resumen

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma la sentencia de instancia que condenó a la empresa al pago de una indemnización por los daños sufridos por un trabajador en un accidente laboral y absolvió a la aseguradora. Considera que la cláusula de la póliza que exigía comunicar la reclamación dentro de los doce meses posteriores a la extinción del contrato es delimitadora del riesgo, por lo que resulta válida y eficaz. Como la reclamación se dirigió a la aseguradora casi tres años después de la finalización del contrato, declara que esta no es responsable. Antecedentes de hecho

Fundamentos jurídicos

Conclusión Lexa

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma que la aseguradora no responde de la indemnización derivada del accidente de trabajo, al haberse comunicado la reclamación fuera del plazo de doce meses desde la extinción de la póliza, conforme a una cláusula delimitadora del riesgo válida y eficaz. Mantiene la condena a la empresa.

Valora este contenido.

Sé el primero en puntuar este contenido.

LexaGo ha sido reconocida por Expansión como una de las start up legaltech con más proyección en 2022.

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.

Las cookies estrictamente necesarias tiene que estar siempre activadas para el correcto funcionamiento de la web. No recogen ningún tipo de información personal.

Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.

Utilizamos cookies de análisis o medición que son aquellas que, tratadas por nosotros, nos permiten el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas, incluida la cuantificación de los impactos de los anuncios.

La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma, con el fin de introducir mejoras en los productos o servicios ofertados en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Utilizamos cookies publicitarias que son aquellas que, tratadas por nosotros o por terceros, almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico de navegación de los usuarios para mostrarles publicidad en función del mismo.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Entrada siguiente

Más sobre discriminación de los no residentes en las normas tributarias

vie Sep 19 , 2025
La vulneración del Derecho Comunitario por parte de las normas tributarias, en los casos en que estas tratan de forma desigual a los residentes en un país y a los no residentes, vuelve a ser asunto de actualidad en este … La entrada Más sobre discriminación de los no residentes […]

Puede que te guste

Generated by Feedzy