Realiza Coparmex gestiones para derogar el Impuesto de Actos Jurídicos

“El impuesto derogado tenía un impacto negativo a la actividad económica”, señalaron

Tomando en cuenta que el Impuesto de Actos Jurídicos desincentivaba en gran medida la formalización de los aumentos de capital en sociedades civiles o mercantiles ante fedatario público; la Coparmex realizó las gestiones correspondientes para derogar dicho impuesto.

El consejero delegado de Coparmex, Enrique Marcos Abularach, manifestó que el cargo de este impuesto pasaba desapercibido en la mayoría de las ocasiones, y los fedatarios públicos se veían obligados a cobrarlo en las operaciones comerciales donde intervenían para posteriormente entregarlo al Gobierno del Estado.

Indicó que, a partir del 2024, el Gobierno del Estado de Chihuahua, aun a costa de la reducción que se pudiera originar en su recaudación, decidió enviar una iniciativa al Congreso de Chihuahua para eliminar dicho gravamen, dado que afectaba la competitividad en la entidad.

“El impuesto derogado tenía un impacto negativo a la actividad económica, pues desincentivaba en gran medida la formalización de los aumentos de capital en sociedades civiles o mercantiles ante fedatario público, y se producía el impuesto al ratificar contratos celebrados entre particulares que buscaban dar mayor seguridad jurídica a sus operaciones”, dijo el consejero.

Añadió que, en años anteriores, se otorgaba un estímulo a los contribuyentes para disminuir el impuesto hasta en un 100%, pero sólo en operaciones muy particulares que exigían la inscripción en el Registro Público de la Propiedad en el estado.

Agregó que el Impuesto de Actos Jurídicos, y su estímulo, contaban con elementos que, sin tocar la constitucionalidad, reflejaban irregularidades o situaciones alejadas de una competitividad comercial.

“Como ejemplo podemos citar que el impuesto se hacía efectivo al formalizar ante fedatario público el aumento de capital de una sociedad, gravamen que no era aceptable en un sentido comercial; asimismo, el estímulo se otorgaba cuando se formalizaban ante fedatario público contratos con instituciones financieras mexicanas, dejando fuera todas las operaciones comerciales entre particulares o aquellas celebradas con extranjeros, posiblemente atentando contra el Principio Constitucional de Equidad y del Principio de la Nación más Favorecida, que rige en la Organización Mundial del Comercio”, enfatizó.

Cabe señalar que el Impuesto sobre Actos Jurídicos era regulado a través de la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua, en los artículos 55 al 62.
Conforme a este impuesto, diversos actos jurídicos eran gravados, tales como el otorgamiento de créditos con o sin garantías, constitución de sociedades civiles o mercantiles, aumentos de capital de sociedades civiles y mercantiles, contratos de arrendamiento, etcétera.

Marcos Abularach, reiteró el reconocimiento al compromiso del Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Gobernadora María Eugenia Campos Galván, y a la Secretaría de Hacienda, encabezada por el Contador Público, José de Jesús Granillo Vázquez, por dedicar el tiempo de análisis y aceptar proponer la eliminación de este impuesto ante el Poder Legislativo local.

Asimismo, Coparmex Chihuahua agradeció el trabajo conjunto y profesional realizado por el Colegio Estatal del Notariado Chihuahuense, A.
C.
y del Colegio de Corredores Públicos del Estado de Chihuahua, A.
, para coordinar el análisis y las acciones definitivas ante el Gobierno del Estado para lograr este gran beneficio.

La eliminación de este impuesto, además de representar una herramienta de apoyo para la competitividad del estado, también se erige como un llamado del gobierno estatal para apoyar a los inversionistas nacionales o extranjeros que realicen operaciones comerciales en Chihuahua.

Tomando en cuenta que el Impuesto de Actos Jurídicos desincentivaba en gran medida la formalización de los aumentos de capital en sociedades civiles o mercantiles ante fedatario público; la Coparmex realizó las gestiones correspondientes para derogar dicho impuesto.

El consejero delegado de Coparmex, Enrique Marcos Abularach, manifestó que el cargo de este impuesto pasaba desapercibido en la mayoría de las ocasiones, y los fedatarios públicos se veían obligados a cobrarlo en las operaciones comerciales donde intervenían para posteriormente entregarlo al Gobierno del Estado.

Indicó que, a partir del 2024, el Gobierno del Estado de Chihuahua, aun a costa de la reducción que se pudiera originar en su recaudación, decidió enviar una iniciativa al Congreso de Chihuahua para eliminar dicho gravamen, dado que afectaba la competitividad en la entidad.

“El impuesto derogado tenía un impacto negativo a la actividad económica, pues desincentivaba en gran medida la formalización de los aumentos de capital en sociedades civiles o mercantiles ante fedatario público, y se producía el impuesto al ratificar contratos celebrados entre particulares que buscaban dar mayor seguridad jurídica a sus operaciones”, dijo el consejero.

Añadió que, en años anteriores, se otorgaba un estímulo a los contribuyentes para disminuir el impuesto hasta en un 100%, pero sólo en operaciones muy particulares que exigían la inscripción en el Registro Público de la Propiedad en el estado.

Agregó que el Impuesto de Actos Jurídicos, y su estímulo, contaban con elementos que, sin tocar la constitucionalidad, reflejaban irregularidades o situaciones alejadas de una competitividad comercial.

“Como ejemplo podemos citar que el impuesto se hacía efectivo al formalizar ante fedatario público el aumento de capital de una sociedad, gravamen que no era aceptable en un sentido comercial; asimismo, el estímulo se otorgaba cuando se formalizaban ante fedatario público contratos con instituciones financieras mexicanas, dejando fuera todas las operaciones comerciales entre particulares o aquellas celebradas con extranjeros, posiblemente atentando contra el Principio Constitucional de Equidad y del Principio de la Nación más Favorecida, que rige en la Organización Mundial del Comercio”, enfatizó.

Cabe señalar que el Impuesto sobre Actos Jurídicos era regulado a través de la Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua, en los artículos 55 al 62.
Conforme a este impuesto, diversos actos jurídicos eran gravados, tales como el otorgamiento de créditos con o sin garantías, constitución de sociedades civiles o mercantiles, aumentos de capital de sociedades civiles y mercantiles, contratos de arrendamiento, etcétera.

Marcos Abularach, reiteró el reconocimiento al compromiso del Gobierno del Estado de Chihuahua, a través de la Gobernadora María Eugenia Campos Galván, y a la Secretaría de Hacienda, encabezada por el Contador Público, José de Jesús Granillo Vázquez, por dedicar el tiempo de análisis y aceptar proponer la eliminación de este impuesto ante el Poder Legislativo local.

Asimismo, Coparmex Chihuahua agradeció el trabajo conjunto y profesional realizado por el Colegio Estatal del Notariado Chihuahuense, A.
C.
y del Colegio de Corredores Públicos del Estado de Chihuahua, A.
, para coordinar el análisis y las acciones definitivas ante el Gobierno del Estado para lograr este gran beneficio.

La eliminación de este impuesto, además de representar una herramienta de apoyo para la competitividad del estado, también se erige como un llamado del gobierno estatal para apoyar a los inversionistas nacionales o extranjeros que realicen operaciones comerciales en Chihuahua.

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