Ratifican conceder la incapacidad total a una operaria de fábrica con fibromialgia, dolores articulares y trastorno ansioso depresivo por ser “absolutamente incompatible” con la exigencia psicofísica de su trabajo

El TSJ de La Rioja ha ratificado la incapacidad permanente para su profesión a una operaria en fábrica de conservas que sufre fibromialgia, lumbalgia recurrente, cefalea y dolores poliarticulares. Confirma el fallo de un juzgado Social de Logroño que además declaró a la empleada con derecho a una pensión vitalicia mensual del 55% de su base reguladora de 1.055,30 euros.

Los magistrados recuerdan que la instancia consideró a la demandante inhabilitada para el desempeño de las labores propias de su oficio en condiciones de productividad teniendo en cuenta la relación entre sus limitaciones funcionales y las exigencias psicofísicas de su trabajo. Además, en la esfera psíquica, recuerda la Sala que la situación clínica de la paciente refleja un seguimiento psicoterapéutico en la unidad de salud mental por un trastorno por estrés postraumático y un cuadro ansioso depresivo. Padece decaimiento anímico cronificado, angustia y disminución de la capacidad de concentración.

“El estado de la demandante se nos ofrece como absolutamente incompatible con el desempeño con las exigencias de asiduidad, disciplina y rendimiento propios de cualquier trabajo inserto en el mercado laboral, de las funciones de su trabajo habitual, en el que los requerimientos de carga física, carga biomecánica a nivel de columna vertebral, hombro y codo, bipedestación estática y apremio, son de entidad media alta, y la carga biomecánica a nivel de manos es muy elevada”, concluyen los magistrados.

Valora este contenido.

Sé el primero en puntuar este contenido.

No hay entradas relacionadas

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.

Las cookies estrictamente necesarias tiene que estar siempre activadas para el correcto funcionamiento de la web. No recogen ningún tipo de información personal.

Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.

Utilizamos cookies de análisis o medición que son aquellas que, tratadas por nosotros, nos permiten el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas, incluida la cuantificación de los impactos de los anuncios.

La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma, con el fin de introducir mejoras en los productos o servicios ofertados en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Utilizamos cookies publicitarias que son aquellas que, tratadas por nosotros o por terceros, almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico de navegación de los usuarios para mostrarles publicidad en función del mismo.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Entrada siguiente

El TC avala que las madres solteras y trabajadoras puedan sumarse también el permiso de paternidad

mar Nov 12 , 2024
El Pleno aboga porque pueda añadir a sus 16 semanas las 10 que corresponderían al otro progenitor El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado contrario a la Carta Magna que las madres biológicas de familias monoparentales que trabajan por … La entrada El TC avala que las madres solteras […]

Puede que te guste

Generated by Feedzy