Promoventes de amparo vs Relleno Sanitario Mápula interpusieron seis quejas

El Gobierno Municipal de Chihuahua ha presentado tres recursos de revisión contra las suspensiones definitivas que ha dictado el Tribunal

Javier Armando Mejía Jacobo, sub secretario jurídico del Ayuntamiento del Gobierno Municipal de Chihuahua, informó que la contraparte en el juicio por el Relleno Sanitario Mápula han interpuesto un total de seis quejas dentro del proceso, de las cuales, se han resuelto dos, mientras que el litigio legal por la construcción del proyecto, sigue en curso.

Además, el Gobierno Municipal de Chihuahua, ha presentado tres recursos de revisión contra las suspensiones definitivas que ha dictado el Tribunal; respecto a las últimas dos suspensiones que fueron dictadas hace dos semanas, se presentarán otros dos nuevos recursos de revisión.

“Los recursos de revisión no suspenden el proceso, se llevan por su cuenta.
En este caso, los recursos son en contra de las suspensiones.
Las suspensiones no se llevan en el amparo en lo principal, sino en el cuadernillo incidental de la suspensión, que se lleva por cuerda separada.
En estos recursos, el Tribunal Colegiado de Circuito, lo único que va a resolver es si está bien concedida o no la suspensión; y pudiera determinar o confirmarla, revocarla, o inclusive, nada más pedirle a la juez que sea más puntual en ciertos aspectos y que emita una nueva resolución, que pudiera ser en cualquiera de los dos sentidos: en concederla o de negarla.
Esperemos que sea negarla”, sostuvo Javier Mejía.

El objetivo de estos recursos presentados por el Gobierno municipal de Chihuahua, es que el Tribunal Colegiado de Circuito, levante las suspensiones definitivas, otorgadas en contra de la construcción del Relleno Sanitario Mápula.

“Me gustaría resaltar este tema: la suspensión que hizo la juez en contra del proceso en sí, es hasta en tanto, no se resuelvan las quejas.
Pueden subsistir las revisiones, pero las quejas, todas ellas presentadas por los particulares que no quieren el Relleno Sanitario en Mápula, son las que tienen detenido ahorita el proceso”, afirmó el subsecretario jurídico.

Javier Mejía explicó que la juez tomó la decisión –la Ley de Amparo la faculta-, para suspender el procedimiento por la interposición de varios recursos, en este caso de queja.
En el actual proceso hay de manera ordinaria dos tipos de recursos: en el de revisión y el de queja.
No significa que sea una queja en contra de la juez, sino que es una queja en contra de una disposición emitida en el juzgado.

“En este caso, los quejosos han presentado seis recursos de queja, dos ya se resolvieron, que fueron en contra de la negativa de la juez de suspender más, suspensión sobre suspensión.
El Colegiado no puedes simplemente decir que no suspendes, porque ya has suspendido antes, tienes que resolver el fondo.
Entonces, resolvió en los mismos términos de antes, donde volvió a conceder la suspensión, en este caso la suspensión provisional”, mencionó.

Por lo anterior, detalló que cuando se tiene que resolver la suspensión definitiva, entonces, ya aplica un recurso diferente, que es el de revisión.

“En este caso también hay presentados recursos de revisión, la mayor parte por nosotros, porque se han concedido varias suspensiones ya definitivas, y hay un recurso de revisión presentado por los quejosos, en un asunto en el que se negó la suspensión de la suspensión por los mismos términos, que la juez dijo, ya hay otras suspensiones concedidas, no tiene caso que conceda otra”, dijo.

La Ley de Amparo, faculta al juzgado que está llevando el amparo a suspender en caso de que se hayan presentado recursos de esta naturaleza, si considera que la resolución que pueda llevarse de la queja, pudiera impactar en el trámite o la resolución del resultado.

“Es decir, si tenemos una queja, por ejemplo, hay varios conceptos en los que se han presentado queja, uno de ellos, es porque no se admitieron a las autoridades responsables.
Entonces, la juez dice, ‘yo considero que si el Tribunal Colegiado llegara a determinar que la queja es procedente, que no debí haber admitido las pruebas, eso puede causar un perjuicio o puede alterar el resultado del amparo, entonces, no puedo tener una audiencia constitucional, en la que voy a resolver, porque todavía no sé sobre qué pruebas voy a resolver”, manifestó Mejía Jacobo.

Sobre la posibilidad de que se trate de que la parte quejosa está ‘chicaneando’ el proceso, es decir, dilatándolo para tomar ventaja, Javier Mejía Jacobo considera que es una posibilidad, pues el tiempo corre en contra del Municipio, porque tiene ya fecha de caducidad con el Relleno actual, lo que es un hecho, es que se hayan presentado tantas quejas sí dilata la resolución del procedimiento.

De acuerdo al procedimiento de este caso, la juez suspende hasta que el Tribunal Colegiado no resuelva todas las quejas; mismas que a juicio del Municipio de Chihuahua, algunas quejas podrían no ser procedentes, por la materia sobre la que versan y por el tiempo que se presentaron.
Si el Tribunal Colegiado las admite, tiene 40 días hábiles para emitir su resolución, que son aproximadamente dos meses, en el plazo máximo que la Ley le da.

“Estamos a la espera de que reciba las quejas, de que emite el acuerdo si las admite o no, y una vez que decida admitir una, varias o todas, que corran los 40 días”, complementó.

Para terminar, como último mensaje, solicitó poner atención a la propuesta del alcalde Marco Bonilla para reducir los residuos sólidos urbanos, y recordó que la vida útil del Relleno actual está dada por el volumen de basura que recibe.

“Si logramos reducir y reutilizar, a parte que es bueno para el medio ambiente, logramos dar una mayor vida útil al relleno, al llevar menos basura al mismo, lo cual nos da un respiro mayor para afrontar este proceso jurídico”, finalizó Javier Armando Mejía Jacobo.

Javier Armando Mejía Jacobo, sub secretario jurídico del Ayuntamiento del Gobierno Municipal de Chihuahua, informó que la contraparte en el juicio por el Relleno Sanitario Mápula han interpuesto un total de seis quejas dentro del proceso, de las cuales, se han resuelto dos, mientras que el litigio legal por la construcción del proyecto, sigue en curso.

Además, el Gobierno Municipal de Chihuahua, ha presentado tres recursos de revisión contra las suspensiones definitivas que ha dictado el Tribunal; respecto a las últimas dos suspensiones que fueron dictadas hace dos semanas, se presentarán otros dos nuevos recursos de revisión.

“Los recursos de revisión no suspenden el proceso, se llevan por su cuenta.
En este caso, los recursos son en contra de las suspensiones.
Las suspensiones no se llevan en el amparo en lo principal, sino en el cuadernillo incidental de la suspensión, que se lleva por cuerda separada.
En estos recursos, el Tribunal Colegiado de Circuito, lo único que va a resolver es si está bien concedida o no la suspensión; y pudiera determinar o confirmarla, revocarla, o inclusive, nada más pedirle a la juez que sea más puntual en ciertos aspectos y que emita una nueva resolución, que pudiera ser en cualquiera de los dos sentidos: en concederla o de negarla.
Esperemos que sea negarla”, sostuvo Javier Mejía.

El objetivo de estos recursos presentados por el Gobierno municipal de Chihuahua, es que el Tribunal Colegiado de Circuito, levante las suspensiones definitivas, otorgadas en contra de la construcción del Relleno Sanitario Mápula.

“Me gustaría resaltar este tema: la suspensión que hizo la juez en contra del proceso en sí, es hasta en tanto, no se resuelvan las quejas.
Pueden subsistir las revisiones, pero las quejas, todas ellas presentadas por los particulares que no quieren el Relleno Sanitario en Mápula, son las que tienen detenido ahorita el proceso”, afirmó el subsecretario jurídico.

Javier Mejía explicó que la juez tomó la decisión –la Ley de Amparo la faculta-, para suspender el procedimiento por la interposición de varios recursos, en este caso de queja.
En el actual proceso hay de manera ordinaria dos tipos de recursos: en el de revisión y el de queja.
No significa que sea una queja en contra de la juez, sino que es una queja en contra de una disposición emitida en el juzgado.

“En este caso, los quejosos han presentado seis recursos de queja, dos ya se resolvieron, que fueron en contra de la negativa de la juez de suspender más, suspensión sobre suspensión.
El Colegiado no puedes simplemente decir que no suspendes, porque ya has suspendido antes, tienes que resolver el fondo.
Entonces, resolvió en los mismos términos de antes, donde volvió a conceder la suspensión, en este caso la suspensión provisional”, mencionó.

Por lo anterior, detalló que cuando se tiene que resolver la suspensión definitiva, entonces, ya aplica un recurso diferente, que es el de revisión.

“En este caso también hay presentados recursos de revisión, la mayor parte por nosotros, porque se han concedido varias suspensiones ya definitivas, y hay un recurso de revisión presentado por los quejosos, en un asunto en el que se negó la suspensión de la suspensión por los mismos términos, que la juez dijo, ya hay otras suspensiones concedidas, no tiene caso que conceda otra”, dijo.

La Ley de Amparo, faculta al juzgado que está llevando el amparo a suspender en caso de que se hayan presentado recursos de esta naturaleza, si considera que la resolución que pueda llevarse de la queja, pudiera impactar en el trámite o la resolución del resultado.

“Es decir, si tenemos una queja, por ejemplo, hay varios conceptos en los que se han presentado queja, uno de ellos, es porque no se admitieron a las autoridades responsables.
Entonces, la juez dice, ‘yo considero que si el Tribunal Colegiado llegara a determinar que la queja es procedente, que no debí haber admitido las pruebas, eso puede causar un perjuicio o puede alterar el resultado del amparo, entonces, no puedo tener una audiencia constitucional, en la que voy a resolver, porque todavía no sé sobre qué pruebas voy a resolver”, manifestó Mejía Jacobo.

Sobre la posibilidad de que se trate de que la parte quejosa está ‘chicaneando’ el proceso, es decir, dilatándolo para tomar ventaja, Javier Mejía Jacobo considera que es una posibilidad, pues el tiempo corre en contra del Municipio, porque tiene ya fecha de caducidad con el Relleno actual, lo que es un hecho, es que se hayan presentado tantas quejas sí dilata la resolución del procedimiento.

De acuerdo al procedimiento de este caso, la juez suspende hasta que el Tribunal Colegiado no resuelva todas las quejas; mismas que a juicio del Municipio de Chihuahua, algunas quejas podrían no ser procedentes, por la materia sobre la que versan y por el tiempo que se presentaron.
Si el Tribunal Colegiado las admite, tiene 40 días hábiles para emitir su resolución, que son aproximadamente dos meses, en el plazo máximo que la Ley le da.

“Estamos a la espera de que reciba las quejas, de que emite el acuerdo si las admite o no, y una vez que decida admitir una, varias o todas, que corran los 40 días”, complementó.

Para terminar, como último mensaje, solicitó poner atención a la propuesta del alcalde Marco Bonilla para reducir los residuos sólidos urbanos, y recordó que la vida útil del Relleno actual está dada por el volumen de basura que recibe.

“Si logramos reducir y reutilizar, a parte que es bueno para el medio ambiente, logramos dar una mayor vida útil al relleno, al llevar menos basura al mismo, lo cual nos da un respiro mayor para afrontar este proceso jurídico”, finalizó Javier Armando Mejía Jacobo.

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