Primera sentencia que obliga a un youtuber a leer en su canal la condena por insultar a otro

Un juzgado de Barcelona ha condenado a un youtuber por intromisión ilegítima en el honor de otro, al que insultó de forma reiterada, y le obliga a leer la condena en su canal.

“Ni el carácter público de las personas que litigan ni el tono usado en el medio en que se vierten las expresiones permiten amparar insultos de este tipo”, afirma la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 48 en relación a la demanda promovida por el youtuber Wismichu contra el también youtuber NauterPlay.

“Esta sentencia marca un antes y un después para los canales de Youtube y que se dedican a analizar a otros youtubers pero utilizando el insulto, como medio de comunicación para conseguir polémica”, afirma David Bravo, el abogado de Wismichu , quien asegura que es el primer fallo que obliga a leer su condena al demandado en este tipo de red social.

“Además, impone unas obligaciones especialmente duras. Por un lado, a eliminar todos los insultos y manifestaciones injuriosas de 10 vídeos, a leer el fallo de la sentencia, una por una, indicando la fecha y reconocer por qué se le ha condenado . Por otro, se le obliga a no volver a hacer manifestaciones similares contra el demandante en el futuro”, añade.  Además  el video con la condena deberá dejarla colgado y accesible durante al menos tres meses

Bravo explica que la sentencia aplica el artículo 3 del Código Civil, que establece que las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas. Es decir, “adapta la ley 1/1982 a la nueva realidad tecnológica”.

Según la sentencia, NauterPlay asegura que no tenía intención de insultar u ofender, y que que los vídeos objeto de la demanda han sido descontextualizados.

Finalmente, la condena impone una indemnización de 1.500 euros en favor del demandante, que inicialmente reclamaba 30.000 euros. La sentencia no es firme, puede recurrirse ante la Audiencia Provincial de Barcelona.

Valora este contenido.

Sé el primero en puntuar este contenido.

No hay entradas relacionadas

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.

Las cookies estrictamente necesarias tiene que estar siempre activadas para el correcto funcionamiento de la web. No recogen ningún tipo de información personal.

Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.

Utilizamos cookies de análisis o medición que son aquellas que, tratadas por nosotros, nos permiten el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas, incluida la cuantificación de los impactos de los anuncios.

La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma, con el fin de introducir mejoras en los productos o servicios ofertados en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Utilizamos cookies publicitarias que son aquellas que, tratadas por nosotros o por terceros, almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico de navegación de los usuarios para mostrarles publicidad en función del mismo.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Entrada siguiente

AMLO tiene perturbaciones psicológicas graves, dice Muñoz Ledo

mar Nov 15 , 2022
El exparlamentario mexicano exige la renuncia del presidente mexicano.

Puede que te guste

Generated by Feedzy