Otorgarán terreno adyacente al kínder Rubén Jaramillo a escuela que lo había solicitado

Luego de hacer una revisión en la documentación del predio, Roberto Fuentes informó que se hará una reversión a la titulación del mismo y se dará certeza legal con la regularización de la propiedad

El secretario del Ayuntamiento de Chihuahua, Roberto Andrés Fuentes Rascón anunció la mañana de este martes 5 de marzo que después de una revisión del procedimiento de titulación del predio ubicado en la calle Lázaro Cárdenas número 42, junto al jardín de niños Rubén Jaramillo, se hará una reversión de la titulación y se dará certeza legal con la regularización de la propiedad.

“Que quede claro que en el Gobierno Municipal no permitiremos que procedimientos que están sustentados en el principio de buena fe, de principio de legalidad, sean utilizados como bandera política y que aplicaremos todo el peso de la Ley y los reglamentos para proteger a las y los chihuahuenses y su patrimonio”, aseveró Roberto Fuentes.

En ese sentido, explicó que según lo que marca el procedimiento de Reversión, puede durar de tres a cinco meses, depende de los derechos del tercero involucrado.
Aunque puntualizó de manera muy enfática, que también se realizarán las acciones legales pertinentes para anular esa compra-venta, ya el particular tendrá a salvo sus derechos para solicitar una saneación de su compraventa, con el particular que regularizó.

“Implicaría anular la compra venta, en virtud de que el particular vendió sin el conocimiento pleno del tercero de que esta propiedad estaba limitada a que solo podía ser transmitida por herencia, dentro de los cinco años siguientes, cosa que no sucedió, porque se realizó la compra venta a de los seis meses posteriores de su enajenación”, acotó.

El secretario del Ayuntamiento manifestó que el 4 de marzo, se recibió en la sala de juntas de la Secretaría del Ayuntamiento, a un grupo de vecinos de la colonia Francisco Villa, para manifestar su inconformidad con el procedimiento de regularización de un inmueble ubicado en la calle Lázaro Cárdenas número 42, debido a que se presentó un incumplimiento del particular que regularizó el predio a las cláusulas del título de propiedad, así como al acuerdo del Ayuntamiento, de fecha 9 de agosto de 2023, señalando, además que dicho inmueble debiera de ser donado al Jardín de Niños Rubén Jaramillo.

“Por lo anterior, el presidente municipal ha instruido los siguientes acuerdos: el primero de ellos, es que a través del Departamento de Propiedad Inmobiliaria y por conducto de la Oficialía Mayor se inicie un procedimiento de reversión del título municipal, otorgado al ciudadano Rubén Corral Rivera, para que de conformidad a lo establecido en el Código Municipal, y la Ley de Bienes para el Estado de Chihuahua, y el Reglamento de Patrimonio del Municipio, se realicen también las acciones legales para anular la compra venta realizada en dicho inmueble y pueda regresar al patrimonio municipal”, explicó Fuentes Rascón.

El titular de la Secretaría del Ayuntamiento, mencionó que toda vez que el artículo 28 del Reglamento de Patrimonio, establece que el Municipio por conducto de Oficialía Mayor, tendrá la facultad de iniciar el procedimiento al que se refiere el artículo 195 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, para rescindir el acto jurídico de que se trate, a fin de lograr la reversión del bien al patrimonio municipal, ante el incumplimiento de las obligaciones impuestas por el presente Reglamento, o por el Ayuntamiento.

Lo anterior, en virtud de que el particular incumplió con lo establecido, que dice que el promovente quedará obligado a construir en el inmueble objeto de la enajenación, y de habitarlo en un plazo no mayor de dos años, y no podrá gravar en cualquier forma su lote durante los dos años siguientes a la titulación, salvo que sea destinado al préstamo para la construcción de aquella, en el mismo lote.

Además, dentro de los primeros cinco años, a partir de la fecha de su titulación, la propiedad solo sería transmisible por herencia, lo que no sucedió; toda vez que se verificó en el Sistema del Registro Público de la Propiedad, el inmueble antes descrito, fue registrado a favor de un tercero, a raíz de una compra venta.

“Segundo, se giran las instrucciones para que se realicen también, las gestiones necesarias con las autoridades involucradas, con el efecto de regularizar el predio, donde se encuentra el Jardín de Niños Rubén Jaramillo, y dotarlo de certidumbre jurídica, ya que, hasta este momento, sigue incompleto el trámite y sigue siendo ese predio propiedad municipal”, añadió.

Para finalizar, Roberto Fuentes Rascón, dijo que de la revisión preliminar de esta queja, se observa que el procedimiento realizado por la Subdirección de Propiedad Inmobiliaria y posteriormente, por el Ayuntamiento, está apegada al procedimiento legal, también se advierte, que en trámites posteriores al procedimiento hay una posible supuesta intervención de trabajadores y vehículos de Municipio para la demolición y escombro de tal inmueble, por lo cual, se dará vista al Órgano Interno de Control, para su debida investigación.

El secretario del Ayuntamiento de Chihuahua, Roberto Andrés Fuentes Rascón anunció la mañana de este martes 5 de marzo que después de una revisión del procedimiento de titulación del predio ubicado en la calle Lázaro Cárdenas número 42, junto al jardín de niños Rubén Jaramillo, se hará una reversión de la titulación y se dará certeza legal con la regularización de la propiedad.

“Que quede claro que en el Gobierno Municipal no permitiremos que procedimientos que están sustentados en el principio de buena fe, de principio de legalidad, sean utilizados como bandera política y que aplicaremos todo el peso de la Ley y los reglamentos para proteger a las y los chihuahuenses y su patrimonio”, aseveró Roberto Fuentes.

En ese sentido, explicó que según lo que marca el procedimiento de Reversión, puede durar de tres a cinco meses, depende de los derechos del tercero involucrado.
Aunque puntualizó de manera muy enfática, que también se realizarán las acciones legales pertinentes para anular esa compra-venta, ya el particular tendrá a salvo sus derechos para solicitar una saneación de su compraventa, con el particular que regularizó.

“Implicaría anular la compra venta, en virtud de que el particular vendió sin el conocimiento pleno del tercero de que esta propiedad estaba limitada a que solo podía ser transmitida por herencia, dentro de los cinco años siguientes, cosa que no sucedió, porque se realizó la compra venta a de los seis meses posteriores de su enajenación”, acotó.

El secretario del Ayuntamiento manifestó que el 4 de marzo, se recibió en la sala de juntas de la Secretaría del Ayuntamiento, a un grupo de vecinos de la colonia Francisco Villa, para manifestar su inconformidad con el procedimiento de regularización de un inmueble ubicado en la calle Lázaro Cárdenas número 42, debido a que se presentó un incumplimiento del particular que regularizó el predio a las cláusulas del título de propiedad, así como al acuerdo del Ayuntamiento, de fecha 9 de agosto de 2023, señalando, además que dicho inmueble debiera de ser donado al Jardín de Niños Rubén Jaramillo.

“Por lo anterior, el presidente municipal ha instruido los siguientes acuerdos: el primero de ellos, es que a través del Departamento de Propiedad Inmobiliaria y por conducto de la Oficialía Mayor se inicie un procedimiento de reversión del título municipal, otorgado al ciudadano Rubén Corral Rivera, para que de conformidad a lo establecido en el Código Municipal, y la Ley de Bienes para el Estado de Chihuahua, y el Reglamento de Patrimonio del Municipio, se realicen también las acciones legales para anular la compra venta realizada en dicho inmueble y pueda regresar al patrimonio municipal”, explicó Fuentes Rascón.

El titular de la Secretaría del Ayuntamiento, mencionó que toda vez que el artículo 28 del Reglamento de Patrimonio, establece que el Municipio por conducto de Oficialía Mayor, tendrá la facultad de iniciar el procedimiento al que se refiere el artículo 195 del Código Municipal para el Estado de Chihuahua, para rescindir el acto jurídico de que se trate, a fin de lograr la reversión del bien al patrimonio municipal, ante el incumplimiento de las obligaciones impuestas por el presente Reglamento, o por el Ayuntamiento.

Lo anterior, en virtud de que el particular incumplió con lo establecido, que dice que el promovente quedará obligado a construir en el inmueble objeto de la enajenación, y de habitarlo en un plazo no mayor de dos años, y no podrá gravar en cualquier forma su lote durante los dos años siguientes a la titulación, salvo que sea destinado al préstamo para la construcción de aquella, en el mismo lote.

Además, dentro de los primeros cinco años, a partir de la fecha de su titulación, la propiedad solo sería transmisible por herencia, lo que no sucedió; toda vez que se verificó en el Sistema del Registro Público de la Propiedad, el inmueble antes descrito, fue registrado a favor de un tercero, a raíz de una compra venta.

“Segundo, se giran las instrucciones para que se realicen también, las gestiones necesarias con las autoridades involucradas, con el efecto de regularizar el predio, donde se encuentra el Jardín de Niños Rubén Jaramillo, y dotarlo de certidumbre jurídica, ya que, hasta este momento, sigue incompleto el trámite y sigue siendo ese predio propiedad municipal”, añadió.

Para finalizar, Roberto Fuentes Rascón, dijo que de la revisión preliminar de esta queja, se observa que el procedimiento realizado por la Subdirección de Propiedad Inmobiliaria y posteriormente, por el Ayuntamiento, está apegada al procedimiento legal, también se advierte, que en trámites posteriores al procedimiento hay una posible supuesta intervención de trabajadores y vehículos de Municipio para la demolición y escombro de tal inmueble, por lo cual, se dará vista al Órgano Interno de Control, para su debida investigación.

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