No tenemos conocimiento de que expareja de May la siga molestando: FEM

De igual forma, la FEM aseguró que la denuncia de May fue atendida de forma oportuna y se aplicaron pronto los protocolos establecidos

La Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia (FEM), informó que la demanda de May, quien denunció a este medio que fue víctima de sexting, y fue publicado el 8 y 10 de mayo, ha sido atendida oportunamente.

La FEM detalló que se han aplicado los protocolos establecidos para la integración de carpetas.
Además la Fiscalía afirmó que actualmente la carpeta se encuentra en etapa de investigación.

"De la misma, a petición de la víctima, se ha derivado una serie de medidas de protección, tales como una orden de restricción y el trámite para bajar y/o bloquear la página Twitter en la que se difundieron las imágenes", declaró la FEM.

La FEM informó que "se han atendido las solicitudes de la parte de la representación legal".
Incluso, que se realizó la orden de protección notificada al presunto responsable, en seguimiento a la atención brindada a la víctima, con fecha del 31 de octubre del 2022.

La denuncia fue presentada el 27 de octubre de 2022 y a decir de la Fiscalía, "no ha sido necesario ampliarla, toda vez que el imputado no ha realizado ya actos de molestia contra la víctima".
Esto, pese a que May aseguró que su ex pareja la ha estado siguiendo en un vehículo.

En cuanto a la página identificada como “vivo en Chihuahua, @DiSingles”, en la cual se almacenaban una serie de fotografías y videos de la víctima, fue retirada de la red social pública.

La autoridad competente indicó que los eventos o actos de molestia que la víctima refiere, "no han sido manifestados ni han sido puestos al conocimiento de esta Fiscalía de Investigación por medio de comparecencia ante el Ministerio Público".

Finalmente, en cuanto a la queja por las copias solicitadas para fines de la defensa de Mayo, se precisa que se recibió por parte del quejoso una solicitud, la cual se atendió debidamente.

"Incluso, se elaboró la constancia respectiva, dando con esto respuesta a su derecho de petición que le ampara la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 8.

La Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia (FEM), informó que la demanda de May, quien denunció a este medio que fue víctima de sexting, y fue publicado el 8 y 10 de mayo, ha sido atendida oportunamente.

La FEM detalló que se han aplicado los protocolos establecidos para la integración de carpetas.
Además la Fiscalía afirmó que actualmente la carpeta se encuentra en etapa de investigación.

"De la misma, a petición de la víctima, se ha derivado una serie de medidas de protección, tales como una orden de restricción y el trámite para bajar y/o bloquear la página Twitter en la que se difundieron las imágenes", declaró la FEM.

La FEM informó que "se han atendido las solicitudes de la parte de la representación legal".
Incluso, que se realizó la orden de protección notificada al presunto responsable, en seguimiento a la atención brindada a la víctima, con fecha del 31 de octubre del 2022.

La denuncia fue presentada el 27 de octubre de 2022 y a decir de la Fiscalía, "no ha sido necesario ampliarla, toda vez que el imputado no ha realizado ya actos de molestia contra la víctima".
Esto, pese a que May aseguró que su ex pareja la ha estado siguiendo en un vehículo.

En cuanto a la página identificada como “vivo en Chihuahua, @DiSingles”, en la cual se almacenaban una serie de fotografías y videos de la víctima, fue retirada de la red social pública.

La autoridad competente indicó que los eventos o actos de molestia que la víctima refiere, "no han sido manifestados ni han sido puestos al conocimiento de esta Fiscalía de Investigación por medio de comparecencia ante el Ministerio Público".

Finalmente, en cuanto a la queja por las copias solicitadas para fines de la defensa de Mayo, se precisa que se recibió por parte del quejoso una solicitud, la cual se atendió debidamente.

"Incluso, se elaboró la constancia respectiva, dando con esto respuesta a su derecho de petición que le ampara la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 8.

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