Memoria del Tribunal Constitucional 2022

El Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha entregado hoy a Su Majestad el Rey la Memoria correspondiente a 2022, de cuya lectura se desprenden los siguientes datos de interés:

I.              Actividad jurisdiccional

A) La demanda de justicia constitucional …

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NOTA INFORMATIVA Nº 68/2023

El Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Tourón, ha entregado hoy a Su Majestad el Rey la Memoria correspondiente a 2022, de cuya lectura se desprenden los siguientes datos de interés:

I.
              Actividad jurisdiccional

A) La demanda de justicia constitucional ha aumentado ligeramente: se registraron 8.
591 nuevos asuntos jurisdiccionales frente a los 8.
370 de 2021, lo que supone un incremento del 2,64 por 100.

B) Los recursos de inconstitucionalidad se redujeron con respecto al año anterior.
En 2022, se presentaron 36 y en 2021, 39.
La mayoría de ellos, 26, fueron planteados por diputados o senadores.
El Presidente del Gobierno interpuso seis recursos frente a leyes autonómicas y las asambleas legislativas y gobiernos autonómicos recurrieron tres leyes estatales.

C) También disminuyeron las cuestiones de inconstitucionalidad (27 en 2022 frente a las 35 de 2021).
No se promovió ningún conflicto constitucional, como tampoco se presentaron requerimientos sobre la constitucionalidad de tratados internacionales o impugnaciones de disposiciones autonómicas.

D) El Tribunal dictó 151 sentencias, frente a las 192 del 2021.
El Pleno dictó 70 y las Salas, 81.
De ellas, 34 se pronunciaron en procesos de inconstitucionalidad (13 en recursos de inconstitucionalidad y 21 en cuestiones de inconstitucionalidad) y 117 en demandas de amparo.

E) El Tribunal dictó 7.
606 resoluciones en 2022, de las que 7.
247 fueron definitivas, una cantidad superior a la de 2021 (año el que se dictaron 6.
920).
No obstante, el número de asuntos resueltos fue menor al de nuevo ingreso (8.
591).

F) Un año más, la mayor parte de asuntos de nuevo ingreso son demandas de amparo, 8.
528, el 99,27 por 100 de los asuntos de nuevo ingreso.
No obstante, el número de recursos de amparo admitidos sigue siendo limitado, 158.

Del total de sentencias dictadas por el Tribunal es conveniente traer a colación, en primer lugar, la STC 70/2022, de 2 de junio, que resuelve la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en relación con el precepto de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa que atribuía a las salas de este orden de los Tribunales Superiores de Justicia la función de autorizar o ratificar las medidas sanitarias que implicaran la limitación o restricción de derechos fundamentales, cuando sus destinatarios no estuvieran individualmente identificados.

En segundo término, en la STC 106/2022, de 13 de septiembre, el Pleno del Tribunal desestimó el recurso de inconstitucionalidad en relación con diversos preceptos de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Igual de relevantes fueron las cuatro sentencias dictadas por el Pleno en recursos de amparo promovidos por algunos de los condenados por la sentencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo 459/2019, de 14 de abril, pronunciada en la causa especial 20907-2017 (las sentencias 45/2022, de 23 de marzo; 46/2022 y 47/2022, de 24 de marzo, y 87/2022, de 28 de junio).

También las sentencias 25/2022, de 23 de febrero, y 64/2022, de 10 de mayo, en las que el Pleno desestimó los recursos de amparo formulados por el expresidente de la Generalitat de Cataluña, don Joaquim Torra i Pla, respecto de las sentencias de las Salas de lo Penal del Tribunal Supremo y de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que le condenaron por un delito de desobediencia a la autoridad judicial.

Asimismo, la STC 35/2022, de 9 de marzo, estimó un recurso de amparo planteado en relación con la composición de la Mesa de la Asamblea de Madrid; la STC 38/2022, de 9 de marzo, enjuició la constitucionalidad del estatuto de los diputados integrantes del grupo mixto en el Parlamento Vasco, y la STC 56/2022, de 5 de abril, hizo lo propio con el sistema de elección de senadores de designación autonómica aplicado en el Parlamento de Cataluña.

Las sentencias del Pleno 89/2022, de 29 de junio, y 105/2022, de 13 de septiembre, abordaron el complejo problema del denominado «derecho al olvido» en relación con la libertad de expresión en redes.

Para cerrar esta relación de las sentencias más relevantes del año 2022, cabe mencionar las SSTC 53/2022, de 4 abril, y 124/2022, de 10 de octubre, en las que, en garantía de los derechos fundamentales a no padecer tratos inhumanos o degradantes y a la tutela judicial efectiva, se extiende el canon reforzado de control de las resoluciones judiciales que archivan denuncias de lesiones padecidas con ocasión de actuación de las fuerzas de orden público fuera de las dependencias policiales.

Por último, en la STC 67/2022, de 2 de junio, el Pleno del Tribunal resolvió una demanda en la que se alegaba discriminación por identidad de género e infracción del derecho a la propia imagen en el ámbito laboral.

II.
            Actividad institucional

En el ámbito institucional, el Tribunal mantiene excelentes relaciones de colaboración oficial con el resto de los órganos e instituciones del Estado.
En este punto, por su preeminencia y su carácter singular, merece ser destacada, en primer lugar, la visita de Su Majestad el Rey el pasado 25 de abril.

Igual de reseñable fue la primera visita y reunión de trabajo con los presidentes y la presidenta eméritos del Tribunal Constitucional del 7 de marzo, que inauguró una práctica cuya continuación será muy beneficiosa para la institución.

Asimismo, el Tribunal está asociado estrechamente a las actividades realizadas por la Asociación de Letrados del Tribunal Constitucional.
Del 13 al 15 de octubre se celebraron en Valladolid las XVIII Jornadas de la Asociación, bajo la rúbrica de «Los efectos de la declaración de inconstitucionalidad», de notable excelencia académica.

En el campo internacional, el Tribunal Constitucional participó en la Conferencia de Alto Nivel de Jurisdicciones Constitucionales de la Unión Europea el 7 de octubre impulsada por la Comisión Europea, así como en la Conferencia de Presidentes de Tribunales Supremos y Constitucionales de los Estados Miembros de la Unión Europea, en París el 21 de febrero.
Y en el Foro extraordinario de Magistrados con motivo del 70 aniversario de la creación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo el 4 y 5 de diciembre.

Por otro lado, diversas autoridades representantes de instituciones europeas han visitado el Tribunal a lo largo del año 2022.
El Presidente del Tribunal de Justicia de la Unión, Koen Lenaerts, visitó oficialmente España invitado por el Tribunal el 6 de mayo.
El 15 de junio se recibió a la Vicepresidenta de la Comisión Europea, Vera Jourová; el 30 de septiembre al Comisario de Justicia de la Unión, Didier Reynders y el 5 de julio a la Presidenta de la Comisión de Venecia, Claire Bazy-Malaurie.

En este mismo terreno europeo y supranacional resulta de primera importancia la relación con el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
En 2022 una delegación del Tribunal viajó nuevamente a Estrasburgo para asistir al seminario judicial y audiencia solemne Estrasburgo del 23 al 25 de junio.

Durante 2022, el Tribunal participó en diferentes foros internacionales en el dominio de la justicia constitucional, como la XIV Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional llevada a cabo en Punta Cana bajo el título de «Jurisdicción constitucional: ciudadanía y libertad» y en el V Congreso de la Conferencia Mundial de Justicia Constitucional celebrado en Bali y que abordó el asunto de «La justicia constitucional y la paz», del 4 al 7 de octubre.

Por último, el Tribunal mantiene intacto su compromiso por acercar la justicia y las instituciones a la ciudadanía.
En consecuencia, se ha continuado la labor comunicativa a través de la constante actualización de la página web, con todo el contenido institucional y jurisdiccional de relevancia, con las notas de prensa (107, lo que supone que por sexto año consecutivo se ha superado el centenar), y las redes sociales Twitter, Instagram y Youtube.

El esfuerzo de cercanía a la sociedad se refleja también en la política de puertas abiertas, a través de la cual se fomenta la realización de visitas a la sede del Tribunal, gratuitas y guiadas por grupos.
La ausencia de restricciones sanitarias durante el año 2022 repercutió en el aumento de visitas públicas llevadas a cabo, un total de 127 (frente a las 36 visitas de 2021).

ASUNTOS INGRESADOS

Al registro general del Tribunal Constitucional llegaron a lo largo del año un total de 8.
591 asuntos jurisdiccionales nuevos, es decir, 221 asuntos más que en 2021, año en el que habían ingresado 8.
370 demandas de justicia constitucional.
Este ligero incremento del 2,64 por 100 se corresponde con el crecimiento de las solicitudes de amparo constitucional, que vieron aumentado su número en 234 demandas (8.
528 en 2022, frente a 8.
294 en 2021).
Por el contrario, se redujo notablemente la presentación de escritos que eventualmente pudieran dar lugar a la iniciación de procesos de inconstitucionalidad, hasta el punto de que solo se interpusieron 36 recursos de inconstitucionalidad nuevos (39 en 2021) y se plantearon

27 cuestiones de inconstitucionalidad (35 en 2021).
No se promovió ningún conflicto constitucional, como tampoco se presentaron requerimientos sobre la constitucionalidad de tratados internacionales o impugnaciones de disposiciones autonómicas (Cuadro 1)

Las cifras proporcionadas acentúan la persistente preponderancia de los recursos de amparo: 8.
528, es decir, el 99,27 por 100 de los asuntos de nuevo ingreso.
La práctica totalidad de estos nuevos recursos de amparo fue promovida por particulares: 8.
508, de los cuales 7.
846 fueron interpuestos por personas físicas y 662 por personas jurídicas de Derecho privado.
Los entes públicos presentaron 19 demandas de amparo y el Ministerio Fiscal, una.

Con respecto a su origen, persistió el ya tradicional predominio de los recursos de amparo planteados en relación con resoluciones del orden jurisdiccional penal: 4.
588, el 53,80 por 100 (en 2021 fue el 51,30 por 100).
Descendió el número de recursos de amparo procedentes de los órdenes jurisdiccionales civil (1.
474, el 17,29 por 100; en 2021 habían sido 1.
534, el 18,49 por 100) y contencioso-administrativo (2001, el 23,46 por 100; en 2021, 2012, el 25,33 por 100), así como de la jurisdicción militar (22 demandas de amparo, cuando habían sido 28 en 2021).
Por el contrario, se observa un ligero incremento de las demandas procedentes del orden social (407, el 4,77 por 100; en 2021 habían sido 334, el 4,02 por 100).
Se promovieron igualmente 32 recursos de amparo frente a actos parlamentarios sin valor o fuerza de ley planteados por el cauce del art.
42 LOTC, un número algo superior al de 2021, cuando fueron 26 los recursos de amparo de procedencia parlamentaria.

CUADRO 1

En 6.
996 de los recursos se solicitaba el amparo para una o varias de las garantías procesales proclamadas en el artículo 24 de la Constitución (lo que significa que estos derechos fueron invocados en el 82,04 por 100 de las demandas de amparo).
El derecho a la igualdad reconocido en el artículo 14 de la Constitución fue invocado en 1.
326 demandas de amparo (15,55 por 100 de los recursos de amparo).
De los restantes derechos fundamentales y libertades públicas protegidos en amparo destacan las 1.
122 invocaciones del derecho a la legalidad penal (13,16 por 100), las 542 del derecho a la libertad y seguridad (5,30 por 100) y las 320 de los derechos a la intimidad, honor y propia imagen del artículo 18 de la Constitución (3,75 por 100).

Se interpusieron 36 nuevos recursos de inconstitucionalidad.
La mayoría de ellos, 26, fueron planteados por diputados o senadores (14 respecto de leyes estatales y los otros 12 frente a leyes autonómicas); el presidente del Gobierno interpuso seis recursos frente a leyes autonómicas.
Las asambleas legislativas y gobiernos autonómicos recurrieron tres leyes estatales.
El Defensor del Pueblo no interpuso ningún recurso de inconstitucionalidad en 2022.

Los órganos judiciales plantearon 27 cuestiones de inconstitucionalidad a lo largo de 2022.
Los tribunales superiores de justicia elevaron 14 de ellas (siete en relación con leyes del Estado y otras siete respecto de preceptos autonómicos con rango de ley), los juzgados unipersonales diez (cuatro y seis, respectivamente) y el Tribunal Supremo una, en relación con una ley estatal, y dos que tenían por objeto sendas disposiciones autonómicas.

CUADRO 2

(*) Las Comunidades Autónomas se relacionan por el orden de aprobación de sus Estatutos de Autonomía.

RESOLUCIONES DICTADAS

CUADRO 3

(*) Sentencias, Autos definitivos y Providencias defin;t;vas.

Durante el año 2022, se dictaron 7.
247 resoluciones definitivas, una cantidad superior a la de 2021, en el que se dictaron 6.
920.
De ellas, 151 fueron sentencias.
El Pleno dictó 70: en procesos de inconstitucionalidad, conflictos constitucionales e impugnaciones de disposiciones autonómicas 34 (13 en recursos de inconstitucionalidad y 21 en cuestiones de inconstitucionalidad).
Las restantes 36 sentencias fueron pronunciadas en procesos de amparo cuyo conocimiento había sido previamente avocado por el Pleno (Cuadro 3 y 7).

Las Salas dictaron 81 sentencias, todas ellas en procesos de amparo: la Sala Primera, 35 y la Sala Segunda, 46.

Además de resolver mediante sentencia los recursos, el Tribunal ha dictado un elevado número de resoluciones de otro tipo (autos y providencias) con las que decide sobre admisión o inadmisión a trámite o impulsa y ordena los procesos constitucionales.
El número total de autos dictados en 2022 fue de 178.
El Pleno dictó 51 de ellos; la Sala Primera, 21 y la Sala Segunda, 46.
Los 60 autos restantes fueron dictados por las Secciones.

EL TRÁMITE DE ADMISIÓN DE RECURSOS

CUADR0 4

Durante 2022, el Pleno admitió a trámite 60 nuevos asuntos jurisdiccionales: 48 procesos de inconstitucionalidad y 12 recursos de amparo.
lnadmitió mediante auto dos recursos de inconstitucionalidad, un conflicto negativo de competencia y un recurso de amparo.
Las Salas y las Secciones admitieron a trámite 147 recursos de amparo y dictaron 7.
219 providencias de inadmisión y 279 providencias de terminación previas a la decisión sobre la admisión.

Consecuentemente, del total de decisiones sobre admisión y tramitación adoptadas a lo largo del año en materia de amparo, solo el 2,83 por 100 dio lugar a la tramitación de los recursos para su posterior resolución por sentencia mientras que el restante 97,17 por 100 conllevó el archivo del recurso.

La Memoria incorpora un cuadro de sistematización de las causas de admisión de los recursos de amparo, estructurada según los criterios empleados en las distintas providencias.
En 2022 la mayoría de los recursos de amparo admitidos a trámite lo fue por la concurrencia de varios motivos (72, es decir, el 45,58 por 100); el segundo lugar lo ocupó la ausencia de doctrina constitucional (24, el 15,19 por 100), seguido por las admisiones fundadas en la eventual negativa al acatamiento de la doctrina constitucional por resoluciones judiciales (22, el 13,92 por 100).
13 recursos, el 8,23 por 100, fueron admitidos porque permitían aclarar o cambiar la doctrina constitucional tras un proceso de reflexión interna; otros 12, el 7,59 por 100, porque apuntaban a esa misma aclaración o modificación de doctrina como consecuencia de cambios normativos (Cuadro 4).

En cuanto a las causas de inadmisión, los datos siguen mostrando el predominio de la causa relativa a la insuficiente justificación de la especial trascendencia constitucional (3.
009, el 44,29 por 100), seguida de la relativa a la falta de especial trascendencia constitucional (1.
540, el 22,67 por 100).
La falta de agotamiento de la vía judicial previa deter­ minó la inadmisión de 748 demandas de amparo (11,01 por 100 de las decisiones de inadmisión); la falta absoluta de justificación de la concurrencia del requisito de la especial trascendencia constitucional determinó la inadmisión de 582 demandas (8,57 por 100) y la falta de subsanación de defectos procesales de otras 532 (7,83 por 100) (Cuadro 5).

CUADRO 5

PENDENCIA

Al finalizar 2022 se encontraban admitidos a trámite para dictar sentencia del Pleno 115 asuntos, sin ninguno acumulado.
Esta cifra se desglosa del siguiente modo: 60 recursos de inconstitucionalidad; 43 recursos de amparo previamente avocados; 11 cuestiones de inconstitucionalidad y un conflicto positivo de competencia (Cuadro 8).

Al cerrar el año se encontraban pendientes de resolver sobre su admisibilidad seis recursos de inconstitucionalidad y 11 cuestiones de inconstitucionalidad (Cuadro 9).

En las Salas se hallaban pendientes de sentencia 163 procesos de amparo: 66 en la Sala Primera y 97 en la Sala Segunda.
Los recursos de amparo pendientes de resolver sobre su admisibilidad ascendían a 6031: 2.
850 en la Sala Primera y 3.
462 en la Sala Segunda.

CUADRO 6

(«) Se cifran por separado sentencias y otras resoluciones (autos o providencias), y se indican sólo los órganos judiciales autores de las resoluciones anuladas por fallos del Tribunal Constitucional, al margen de cuántas resoluciones sean anuladas en cada fallo; si un fallo constitucional anula una o varias sentencias y, al mismo tiempo, otras resoluciones del mismo órgano judicial, sólo se registra la anulación de la sentencia.

CUADRO 7

CUADRO 8

CUADRO 9

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