Magistrados recusados por el fiscal general no se apartan del debate sobre su nombramiento: «Desvirtúa el mecanismo»

Cuatro de los magistrados del Tribunal Supremo (TS) que tienen que decidir si el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, continúa en el cargo han rechazado apartarse de la deliberación, tal y como pedía el jefe del Ministerio Público, al entender que dicha pretensión «desvirtúa el mecanismo» con el que el legislador quiere asegurar la imparcialidad del juzgador y podría crear un «espacio de inmunidad».

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados Pablo Lucas, Luis María Díez-Picazo, Antonio Fonseca-Herrero y José Luis Requero han asegurado que no se apartarán del estudio del recurso que presentó la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) contra la renovación de García Ortiz.

Los firmantes se han pronunciado así después de que el fiscal general presentara un incidente de recusación en el que pedía apartarles de la deliberación al entender que son los mismos que ya dijeron que había actuado con «desviación de poder» al proponer a Dolores Delgado como fiscal togada, argumento en el que se basa la APIF para recurrir su designación.

En el escrito, los cuatro magistrados defienden que no han participado en un pleito o causa anterior que afecte a García Ortiz. E insisten en que la sentencia en que se apoya el escrito de recusación se refiere a «una actuación del Consejo de Ministros sobre una propuesta del fiscal general del Estado».

«ES ABSOLUTAMENTE ATÍPICO»

«Entendemos que habernos pronunciado sobre la ilegalidad de un nombramiento acordado por el Consejo de Ministros a propuesta del fiscal general del Estado no cabe en ninguno de los supuestos del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y, en particular, no integra el recogido en la causa 112», argumentan.

En este sentido, sostienen que «es absolutamente atípico» que se quiera «revisar una sentencia firme sobre una cuestión distinta y cuya nulidad pudo haber reclamado» García Ortiz si consideraba que afectaba a sus derechos.

Para los magistrados, «convertir la apreciación de los hechos y los criterios aplicados para resolver un proceso anterior en causa de recusación en otro posterior diferente desvirtúa el mecanismo con el que el legislador quiere asegurar, no ‘la falta de parcialidad (sic)’ que se nos imputa, sino la imparcialidad del juzgador y apunta a la elusión del juez predeterminado por la ley».

Con todo, inciden en que «de considerarse que anular una actuación como la del caso inhabilita al tribunal que la dispuso para conocer de recursos posteriores en los que se juzguen otros actos, ya sean del fiscal general del Estado, ya se hayan adoptado a propuesta suya, significaría inhabilitarle para ejercer la función que le encomienda el artículo 106.1 de la Constitución y terminaría creando espacios de inmunidad por la imposibilidad de constituir al que pudiera hacerlo».

Además, los cuatro consideran que la recusación que presentó García Ortiz es «manifiestamente extemporánea», ya que «no se debe al contenido de la demanda» sino a la sentencia por la que se anuló el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de Sala de la Sala de lo Militar del Supremo.

LOS MAGISTRADOS

Se da la circunstancia de que los cuatro magistrados que García Ortiz pide apartar son los mismos que han acordado anular el nombramiento de Delgado como fiscal de Sala de la Fiscalía de Derechos Humanos y Memoria Democrática. Esto sucede porque la Sección Cuarta es a la que le corresponden los asuntos relativos a personal o derechos fundamentales.

No obstante, fuentes jurídicas consultadas por esta agencia de noticias han subrayado que el fiscal general planteó la recusación de dichos magistrados antes de que se diera a conocer dicho fallo.

Según las mismas fuentes, García Ortiz no ha recusado a la quinta magistrada que actualmente conforma dicha Sección, dado que no participó en la deliberación y fallo del pasado noviembre relativa a la designación de Delgado como fiscal togada de la Sala de lo Militar del Supremo, que es en la que se basa el incidente de recusación.

LO ESTUDIARÁ UNA SALA ESPECIAL

Toda vez que los magistrados recusados han anunciado que no se apartarán, la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) –en su artículo 227– contempla que será la conocida como ‘Sala 61’ la que tendrá que pronunciarse sobre la petición planteada por García Ortiz.

Esta Sala Especial cuenta con 16 magistrados: el presidente interino del Supremo, los presidentes de Salas, los cinco magistrados más antiguos y los cinco más recientes de cada una de dichas Salas.

El recurso en cuestión lo presentó la APIF el pasado febrero contra el Real Decreto por el que el Gobierno renovó a García Ortiz al considerar que el fiscal «no es idóneo para desempeñar, conforme a la Constitución, las funciones que tiene asignadas, entre ellas la jefatura de todos los fiscales de España», por sus actuaciones desde que fue elegido para el cargo en 2022, según indicó en una nota de prensa.

La asociación mencionó la anulación del nombramiento de Delgado e incidió en que una vez que fue renovado por el Ejecutivo como fiscal general, decidió «privar» al Consejo Fiscal de la posibilidad de hacer el informe que le había pedido el Senado sobre la proposición de ley de amnistía. También recalcó que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se opuso a su renovación al no considerarlo idóneo para el cargo.

Además, hizo hincapié en que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal exige en su artículo 29 que el candidato a fiscal general debe ser jurista de reconocido prestigio, un requisito que, para APIF, «si bien podría haber concurrido» en García Ortiz, «decae desde el momento que ha sido condenado por el Tribunal Supremo, como autoridad que actúa con desviación de poder, utilizando sus potestades con finalidad distinta de la establecida por el ordenamiento».

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