Abogado especialista en Derecho de Familia en Fuster-Fabra Abogados.
Aunque lo normal es que una persona que desee realizar un testamento acuda al notario y disponga que su herencia irá destinada a las personas por el designadas o a sus herederos forzosos sin hacer asignaciones de sus bienes, lo cierto es que nuestra legislación permite repartir de manera individualizada algunos de dichos bienes de modo que los beneficiarios sepan que van a percibir.
1- ¿Qué es un legado?
Podemos definir el legado como la disposición hecha en el testamento por el cual el testador dispone que uno o alguno de sus bienes vaya a una determina persona. Es importante no confundir legatario (persona que percibe un legado) heredero (persona que percibe la herencia) y legitimario (persona que tiene derecho a percibir la legitima). Por ejemplo: Si A fallece con dos hijos, B y C y lega un coche a C: B seria heredero y legitimario y C además de eso legatario.
Es importante destacar que los legados se refieren a algo concreto y para una persona concreta de modo que el mismo deberá entregarse a la persona beneficiada y no podrá formar parte del reparto del resto de la herencia. Por ejemplo: Si A fallece con varios bienes pero lega un coche a C, a la hora de repartir la herencia, hay que quitar dicho coche el cual le corresponde a C.
2- Tipos de Legado
Aunque lo más normal es legar un bien concreto, lo cierto es que la ley permite distinguir entre varios tipos de legados:
3- ¿Qué pasa si los herederos se ven perjudicados por los legados?
A la hora de repartir la herencia de una persona fallecida, lo primero que han de hacer los herederos es respetar la voluntad del testador y entregar los legados a las personas designadas en el testamento, es decir, no pueden quedarse el legado hasta haber repartido el resto de los bienes.
Ahora bien, es posible que la persona que reciba el legado reciba más de lo que legalmente tenga derecho a recibir de modo que los herederos legitimarios perciban menos de los que les corresponde, debiendo en este caso el legatario pagar el precio de lo que hubiese percibido de más.
Veamos un ejemplo:
Pedro está viudo y tiene 3 hijos: Juan, Carmen y Julia. En su testamento establece un legado de un piso en Torremolinos a Julia valorado en 200.000 euros. Al fallecimiento de Pedro los bienes de su herencia son: el piso de Torremolinos, una cuenta con 50.000 euros y un coche por valor de 5.
En caso de que haya varios legados, habrá que seguir el siguiente orden a la hora reducir los mismos:
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