Las oficinas antifraude autonómicas están mitigando los efectos del retraso en la creación de la A.A.I

Ayer se celebró una nueva edición del Club de los Miércoles, que organiza Aranzadi, en la que se debatió sobre la entrada en vigor hace un año de la obligación de implantar Sistemas Internos de Información (SII) y …

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Ayer se celebró una nueva edición del Club de los Miércoles, que organiza Aranzadi, en la que se debatió sobre la entrada en vigor hace un año de la obligación de implantar Sistemas Internos de Información (SII) y canales de denuncias en el sector público.

El encuentro estuvo moderado por Ignacio Sáez Hidalgo, letrado de los Servicios Jurídicos de la Junta de Castilla y León.
Como ponentes intervinieron Marta Blázquez Expósito, directora adjunta de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción y Teresa Clemente García, directora adjunta y de asuntos jurídicos de la Agencia Valenciana Antifraude.

A lo largo del encuentro compartieron su visión y propuestas para actuar ante situaciones complicadas, en las que la seguridad, la confidencialidad y la transparencia puedan verse comprometidas en ese proceso de implantación del SII: herramientas inadecuadas, falta de directrices comunes, cortapisas internas, insuficiencia de recursos, dudas sobre cómo cumplir los mandatos de la Ley 2/2023, son, entre otros, los hándicaps a los que los operadores públicos se están enfrentando.
A todo ello se une que la norma carecía de su principal herramienta de control y protección de las personas que se atrevan a informar de irregularidades: el Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.
A.
I).
  

Los inconvenientes generados a raíz del retraso en la creación de Autoridad de ámbito nacional están siendo subsanados en parte por las oficinas y agencias autonómicas, representadas en el encuentro de ayer por ambas ponentes.

“El cumplimiento de la norma no es una opción, es una obligación”

Ignacio Sáez introdujo el debate recordando que esta ley “trae causa en una Directiva europea que impone la obligación a todos Estados miembros para que todas las entidades pongan a disposición de sus trabajadores medios para la interposición de denuncias”.
Recordó que las Administraciones Públicas “han llevado a cabo un importante esfuerzo para implantar estos canales internos de información”.
Añadió además que la Ley 2/2023 “contiene notables imprecisiones y carencias”, como falta de medios y de apoyo a las entidades para implantar estos canales, “a lo que se suma la no creación de la Autoridad Independiente de Protección al Informante”.
El cumplimiento de la norma “no es una opción, es una obligación incluso para las entidades más pequeñas con sanciones que pueden llegar al millón de euros”.
Dichas sanciones se pueden imponer no solo por no tenerlo, “sino por haberlo hecho sin todos los requisitos”, recordó.

“No debe ser interpretada como una ley estética”

Teresa Clemente puso en valor el “gran esfuerzo realizado en la planta municipal valenciana”, ya que el grado de implantación de los canales en las entidades locales en la Comunidad Autónoma es muy alto: “el 55% de los 552 ayuntamientos del territorio tiene ya diseñado el sistema interno de información y comunicado el responsable”, afirmó.

La experta hizo además hincapié en la necesidad de salvaguardar en todo momento el anonimato de la persona que denuncia: “si no se denuncia es porque se tiene miedo.
Quitemos el miedo y apostemos por la defensa de nuestras instituciones”.
En este sentido explicó que la denuncia “se puede interponer en nombre de una persona jurídica”, pero en último término es siempre una persona física quien lo hace bien de forma anónima o identificándose.
En todo caso, “lo importante es investigar los hechos que se denuncian más que tener conocimiento de quién interpone la denuncia”.

“Queda mucho camino por recorrer”

Por su parte, Marta Blázquez explicó que en Andalucía el grado de implantación de los canales en las entidades locales también ronda el 50%.
“En general debemos sentirnos satisfechos, pero siendo conscientes de que queda mucho camino por recorrer, porque sobre todo los ayuntamientos pequeños son los que encuentran más obstáculos a la hora de cumplir con la norma”.
Para ayudarles, y ante el problema de que a día de hoy no existe la referencia de la entidad estatal, “la autoridad andaluza impulsa iniciativas formativas para las entidades que no se han sumado a la implantación”.

En cuanto a la opción de optar por la externalización, la experta explicó que en el sector público es posible, “pero solo para los casos en los que se justifique la falta de medios, lo que a veces es dudoso en solicitudes que recibimos de ayuntamientos potentes”.
Recordó además que la externalización “es puramente instrumental y limitada a la recepción de las notificaciones y no excluye la obligación de designar un responsable interno”.
En referencia a esta última figura, Marta Blázquez recordó que el responsable del sistema “es una pieza clave en todos estos procesos, pero donde hay problemas en el nombramiento es”, una vez más, “en las entidades locales más pequeñas”.
El nombramiento “puede recaer en personal no directivo siempre y cuando se garantice su imparcialidad y no sometimiento a directrices superiores”.
En todo caso, la competencia recae en el alcalde o responsable de la entidad.
Además, “el nombramiento y cese del responsable debe ser comunicado a la autoridad competente”.
Al no estar creada la Autoridad estatal, “lo más habitual es hacerlo al Ministerio de Justicia”.

Por último y en referencia a la anonimización, explicó que “si llega una denuncia anónima en papel nosotros las aceptamos, ya que nuestro criterio es actuar”.
En todos los casos “las registramos y tramitamos”.

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