La Audiencia de Cantabria condena a una veintena de personas por tráfico de marihuana

Todos aceptan las condenas propuestas por la fiscalía, de entre dos años y once meses de prisión, además de multas en diferente cuantía en función de la droga que les fue encontrada

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado hoy a diecinueve personas por traficar con marihuana en distintos puntos de España como autoras de un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño.

Las penas impuestas para ellas oscilan entre los dos años y los once meses de prisión y las multas van desde los 600.000 hasta los 1.000 euros, en función de la cantidad de droga que cada acusado poseía cuando fueron detenidos.

Además, ha condenado a uno de los anteriores y a su esposa a diecinueve meses y quince días de prisión y a 270.000 euros de multa a cada uno, por blanqueo de capitales, al considerar que ambos destinaron el beneficio obtenido por las drogas a la compra de inmuebles.

Junto a todos ellos, la Audiencia ha condenado a otro hombre, que actuaba de enlace entre los que desarrollaban su actividad en el norte y en el sur de España, como autor de un delito de tráfico de sustancias que sí causan grave daño, ya que en el registro realizado en su vehículo los agentes hallaron 350 gramos de cocaína. La pena impuesta, y que él ha aceptado, es de dos años de prisión y 750.000 euros de multa.

Atenuantes de confesión, dilaciones indebidas y drogadicción

El juicio estaba señalado en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria para la mañana de hoy, pero al inicio del mismo la fiscalía y las defensas de los acusados han informado al tribunal de que habían llegado a un acuerdo.

El ministerio público ha retirado el delito de pertenencia a banda criminal, por el que anteriormente pedía un año de prisión, y al tiempo ha considerado que, en el delito de tráfico de drogas y en el de blanqueo, concurren las circunstancias de dilaciones indebidas, confesión y, en algunos de los acusados, drogadicción.

Así las cosas, los veintiún acusados han aceptado las penas de la fiscalía y las partes no han visto necesaria la celebración del juicio.

Según los hechos que han sido considerado probados, los ahora condenados distribuían marihuana que introducían desde Marruecos y lo hacían en dos áreas geográficas –norte y sur- siendo uno de los acusados el punto de conexión entre ambas.

A través de conversaciones intervenidas, se tuvo conocimiento del transporte de una importante cantidad de droga desde el sur hacia el norte del país, por lo que se organizó un dispositivo que permitió interceptar en Palencia 46 kilos de hachís.

Posteriormente, se tuvo conocimiento de un nuevo transporte de mercancía, que llegó a Santander en una furgoneta, en la que se encontraron, ocultos en un doble fondo, seis fardos de 30 kilos de resina de cannabis cada uno.

A consecuencia de esta operación, se detectó la existencia de otra furgoneta estacionada en un garaje de Santander, que en su interior guardaba 486 kilos de resina de cannabis.

Similar actividad tenía lugar en el País Vasco, y los agentes tuvieron conocimiento de la compra y transporte de una importante partida de droga para su distribución en la zona. Así, en un dispositivo montado al efecto, se interceptó en Vizcaya una furgoneta con 245 kilos de hachís.

En el interior de otra furgoneta aparcada en un garaje de Vitoria, se intervinieron 105 kilos de hachís, y en un trastero, otros 83 kilos de la misma sustancia. Del mismo modo, en Durango, se encontraron 104 kilos de hachís guardados en un garaje.

Junto a ello, se registró una vivienda en un municipio de Madrid, destinada a almacenar droga. En la misma se encontraron once kilos de hachís.

En la zona sur del país, se practicó entrada en un domicilio de Marbella, donde se localizaron 485 kilos de hachís.

Además, dos de los acusados –un matrimonio- han experimentado con los ingresos que les ha proporcionado el tráfico de drogas un incremento patrimonial no justificado de 535.000 euros, y han adquirido dos viviendas y dos aparcamientos en la localidad de Marbella.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria es firme, ya que contra la misma no cabe la interposición de recurso alguno.

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