Incapacidad laboral, ¿cuántos tipos y grados reconoce la Seguridad Social?

La Seguridad Social reconoce dos tipos y cuatro grados de incapacidad laboral, que se clasifican en función delas capacidades del trabajador afectadas para desempeñar su trabajo habitual y de la posibilidad de recuperación total. 

Concepto de incapacidad laboral para la

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Licenciado en Derecho y abogado.
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La Seguridad Social reconoce dos tipos y cuatro grados de incapacidad laboral, que se clasifican en función delas capacidades del trabajador afectadas para desempeñar su trabajo habitual y de la posibilidad de recuperación total.
 

Para la Seguridad Social, la incapacidad laboral se valora teniendo en cuenta las limitaciones de un trabajador para realizar las tareas que corresponden a su puesto.
No se atiende a la gravedad de la dolencia o afectación, sino que se considera exclusivamente la posibilidad de trabajar.

La duración de este tipo de incapacidad no puede superar los 12 meses.
En caso de que las afecciones inhabilitantes continúen, este plazo puede prolongarse por otros 6 meses.
 

Algunas consideraciones importantes referidas a esta incapacidad:

El trabajador al que se le reconozca una enfermedad profesional, tendrá derecho a percibir una prestación económica durante el tiempo que dure la incapacidad temporal.
Esta prestación será equivalente al 75% de la base reguladora de la contingencia profesional, a partir del cuarto día de baja.

Este tipo de incapacidad se produce cuando el trabajador está impedido de desempeñar su trabajo de manera permanente debido a una enfermedad o lesión.

La incapacidad laboral puede no ser total.
El trabajador puede ver reducidas sus capacidades, pero no anuladas completamente.
En función de estas diferencias en las incapacidades totales, se reconocen grados.

La Incapacidad Permanente Parcial se reconoce al trabajador que, una vez estabilizado después de su tratamiento médico, tiene reducido su rendimiento normal en sus tareas, pero no está completamente inhabilitado para realizarlas.
Esta reducción no será menor al 33%.
Si bien la incapacidad le impide cumplir las funciones de su trabajo habitual, puede realizar otras tareas.
 

Requisitos de la indemnización:

La Incapacidad Permanente Total se reconoce al trabajador que no puede realizar ninguna de las tareas principales de su profesión habitual.
Sin embargo, sí puede trabajar en otra profesión diferente.

Cuantía de la indemnización:

Es un grado de incapacidad que se reconoce al trabajador que no puede desempeñar ninguna profesión u oficio.

Cuantía de la prestación:

Es el grado más alto de Incapacidad Laboral Permanente.
El trabajador no solo no puede trabajar, sino que tampoco puede valerse por sí mismo y requiere de asistencia para cumplir las actividades personales básicas, como higiene y alimentación, por ejemplo.

Cuantía de la indemnización:

La solicitud de incapacidad laboral se presenta en el INSS.
Los requisitos para tramitarla dependen del tipo de incapacidad que se solicite.

En todos los casos es necesario acreditar la enfermedad o lesión mediante informes médicos que certifiquen la incapacidad laboral.

El reconocimiento de incapacidad laboral puede ser un proceso complicado, ya que implica evaluaciones médicas, presentación de informes y documentos y, muchas veces, participación en procesos judiciales.
Por tanto, contar con un abogado especializado en derecho laboral permitirá que el proceso de solicitud sea más efectivo.

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