Hacienda aprueba una Orden para prevenir el riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se regulan los aspectos necesarios para cumplir con la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley de los Presupuestos Generales …

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica la Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se regulan los aspectos necesarios para cumplir con la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley de los Presupuestos Generales del Estado de 2023.

Asimismo, permite cumplir con una exigencia de la Comisión Europea a todos los Estados Miembros en el ámbito de la ejecución de los planes de recuperación y transformación aprobados.

Este análisis ‘ex ante’ se llevará a cabo en los procedimientos de adjudicación de contratos y de concesión de subvenciones vinculados a la ejecución del citado Plan de Recuperación, con el objetivo de verificar la ausencia de conflicto de interés entre los miembros de los órganos de contratación y de concesión de subvenciones, y los participantes en los citados procedimientos en las diferentes fases del mismo.
Todo ello basándose en una herramienta informática de ‘data mining’ de la Agencia Tributaria, MINERVA.

A través de dicha aplicación informática de la Agencia Tributaría se analizarán las posibles relaciones familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que pueda haber un interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, con la particularidad de que en dicho análisis se tendrá en cuenta la titularidad real de los licitadores o solicitante.

Por ello, la orden recoge un nuevo modelo de declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI) de los decisores en los procedimientos de contratación o de concesión de ayudas, que hace referencia a la ausencia de conflicto de interés, no solo con los licitadores en procedimientos de contratación o los solicitantes en los procedimientos de concesión de ayudas, sino también con los titulares reales de unos y de otros.

Asimismo, recoge el procedimiento para la obtención de los datos de titularidad real en los casos en que la AEAT no disponga de ella.

Por último, se crea la unidad especializada de asesoramiento en materia conflicto de interés en la Intervención General de la Administración del Estado, que tendrá entre sus funciones difundir buenas prácticas para evitar y prevenir conflictos de interés o elaborar manuales prácticos sobre la identificación y la forma de abordar situaciones de conflicto de interés.

La Orden Ministerial incluye la descripción del procedimiento de carga de información en la herramienta informática de la Agencia Tributaria para la realización del análisis del riesgo de conflicto de interés, así como la devolución por la misma de los resultados del análisis, sistematizando al máximo la eficacia jurídica de los resultados del análisis

Si el resultado se concreta en una bandera roja por haber sido identificada una situación de riesgo de conflicto de interés, se prevé la abstención en el procedimiento de las personas decisoras afectadas por la misma.

Los resultados del análisis realizado deben quedar registrados en la aplicación CoFFEE -el sistema de información de gestión del Plan de Recuperación-, como pista de auditoría a los efectos de las posibles auditorías que puedan llevarse a cabo por las autoridades competentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

En definitiva, esta orden viene a reforzar la prevención del conflicto de interés, evitando que el conflicto llegue a producirse en tanto se realiza con carácter previo a la concesión de ayudas y adjudicación de los contratos.
Se trata de un sistema que permite una prevención eficaz de las situaciones de conflicto de interés y, a la vez, de manera ágil, lo que contribuye a una ejecución más rápida del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

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