Guía fácil para distinguir entre bienes y deudas gananciales y bienes y deudas privativas

Aunque parezca sencillo, a la hora de liquidar la sociedad de gananciales nos encontramos con determinados bienes o deudas que no son aceptados por la otra parte como gananciales o viceversa.  Por ello se hace necesario distinguir conocer lo que

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Abogado especialista en Derecho de Familia en Fuster-Fabra Abogados.

Aunque parezca sencillo, a la hora de liquidar la sociedad de gananciales nos encontramos con determinados bienes o deudas que no son aceptados por la otra parte como gananciales o viceversa.
  Por ello se hace necesario distinguir conocer lo que dice el Código Civil al respeto sobre todo en determinados supuestos que crean más confusión a la hora de plasmar su naturaleza.

1- Bienes Gananciales

Son gananciales los siguientes bienes:

2- Bienes Privativos

Son privativos los siguientes bienes:

3- Bienes  y Deudas con un régimen especial.

A pesar de lo anterior, existen determinados bienes y deudas que suelen crear más confusión entre las partes a la hora de liquidar la sociedad y que a menudo trae focos de conflicto:

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