La controversia inició cuando Mariana Rodríguez acusó a Vicente Fox de realizar publicaciones despectivas en su contra
La controversia inició cuando Mariana Rodríguez acusó a Vicente Fox de realizar publicaciones despectivas en una red social, donde la denigraba por ser mujer, refiriéndose a ella en términos como “dama de compañía” o “jefa de campaña”, en relación con su matrimonio.
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral acordó derivar la denuncia al Conapred, solicitando un informe mensual hasta la conclusión del caso.
Esta medida se tomó al identificar posibles actos de discriminación contra Mariana Rodríguez, sin que se viesen comprometidos derechos político-electorales.
La quejosa impugnó ante la Sala Superior la decisión de la UTCE y el magistrado Felipe de la Mata propuso confirmar la respuesta de la autoridad electoral porque no se afectó ningún derecho político-electoral de Mariana Rodríguez, ya que al momento de recibir los comentarios de Fox no era precandidata, candidata o militante de un partido político, ni estaban involucrados el ejercicio de su libertad de expresión o de participación política en materia electoral; el proyecto del magistrado fue aprobado por unanimidad.
La controversia inició cuando Mariana Rodríguez acusó a Vicente Fox de realizar publicaciones despectivas en una red social, donde la denigraba por ser mujer, refiriéndose a ella en términos como “dama de compañía” o “jefa de campaña”, en relación con su matrimonio.
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral acordó derivar la denuncia al Conapred, solicitando un informe mensual hasta la conclusión del caso.
Esta medida se tomó al identificar posibles actos de discriminación contra Mariana Rodríguez, sin que se viesen comprometidos derechos político-electorales.
La quejosa impugnó ante la Sala Superior la decisión de la UTCE y el magistrado Felipe de la Mata propuso confirmar la respuesta de la autoridad electoral porque no se afectó ningún derecho político-electoral de Mariana Rodríguez, ya que al momento de recibir los comentarios de Fox no era precandidata, candidata o militante de un partido político, ni estaban involucrados el ejercicio de su libertad de expresión o de participación política en materia electoral; el proyecto del magistrado fue aprobado por unanimidad.