El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha determinado que son ilegales las ‘devoluciones en caliente’ realizadas por el Gobierno de Ceuta de migrantes que entran nadando o en embarcaciones porque no están amparadas por la figura del rechazo de la frontera.
La sentencia confirma que deberá aplicarse el procedimiento de devolución ordinaria con todas sus garantías y ratifica las dos sentencias contra esta práctica dictadas por juzgados de Ceuta, que fueron recurridas por la Abogacía del Estado.
Las asociaciones que han representado a los litigantes, Coordinadora de Barrios, No Name Kitchen y el Servicio Jesuita a Migrantes, exigen el cese de esta práctica. Recuerdan que “el control de fronteras es una responsabilidad del estado que debe ejercerse con pleno respeto a los Derechos Humanos”.
Las asociaciones señalan que “en todos los asuntos analizados por la justicia ha quedado acreditado que los litigantes fueron interceptados por la Guardia Civil en el mar o en la playa mientras trataban de acceder a la costa ceutí y, posteriormente, fueron devueltos a Marruecos sin haber podido tener asistencia letrada ni intérprete”.
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