El Tribunal Supremo concede la cobertura de seguro por incapacidad absoluta a un hombre con leucemia al aceptar como fecha del siniestro la del diagnóstico

El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que trata sobre un seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario que incluía como cobertura complementaria la incapacidad permanente absoluta. Según una de las cláusulas, a estos efectos, la fecha del siniestro coincidiría con la fecha de reconocimiento de la incapacidad por el organismo competente. 

Cuando aún estaba en vigor el contrato, el asegurado fue dado de baja por enfermedad común y diagnosticado a los pocos días de una leucemia aguda. Un año y medio después, cuando el seguro ya no estaba vigente, fue declarado en situación de incapacidad permanente por enfermedad común, tras el Dictamen-Propuesta del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) que describía el cuadro clínico principal como leucemia aguda. 

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