El Tribunal Superior revoca la condena de 261.943 euros impuesta al Ayuntamiento de Pamplona por el botellazo que recibió un joven en el chupinazo de 2010

Considera, a diferencia de la juez de instancia, que el dispositivo policial y las medidas de seguridad desplegadas por el Consistorio fueron suficientes. La Sala de lo Contencioso sostiene que las graves lesiones padecidas por el demandante fueron provocadas exclusivamente por la acción “brutal” y “salvaje” del hombre condenado por estos hechos en 2014 a 3 años y 6 meses de prisión

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha exonerado al Ayuntamiento de Pamplona de indemnizar con 261.943 euros a un joven madrileño que recibió un botellazo durante el chupinazo de los Sanfermines de 2010. 

En la sentencia, que sólo puede ser recurrida en casación ante el propio órgano judicial, la Sala de lo Contencioso del TSJN ha revocado la resolución dictada el pasado marzo por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pamplona, que estimó acreditada la responsabilidad del Consistorio. 

La Sala de lo Contencioso, sin embargo, argumenta que el Ayuntamiento “no pudo, ni habría podido, evitar la presencia del grupúsculo formado, entre otros, por el delincuente que arrojó la botella que lesionó” al demandante. 

En la vía penal, el acusado de lanzar la botella fue condenado en 2014 por la Sección Tercera de la Audiencia de Navarra a una pena de 3 años y 6 meses de prisión. La Audiencia consideró al Ayuntamiento como responsable civil subsidiario, una declaración de responsabilidad que fue revocada por el Tribunal Supremo. 

Agotada la vía penal, el demandante retomó la vía administrativa para reclamar por los daños y perjuicios sufridos por el anormal funcionamiento de la Administración Local. 

Respecto a las personas causantes de los incidentes ocurridos el 6 de julio de 2010, a diferencia de lo argumentado por la juez de instancia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJN sostiene que el Ayuntamiento hizo lo posible, dentro de las circunstancias del caso, para evitar la actuación del citado grupúsculo puesto que se desplegó un importante dispositivo policial tanto para evitar problemas de orden público derivados de la masiva afluencia de personas, como, específicamente, para evitar la actuación de grupos que tenían como finalidad “desestabilizar” o alterar el orden público.  

A juicio del Tribunal, también se adoptaron medidas tendentes a evitar el acceso con objetos peligrosos cuya introducción estaba prohibida por la ordenanza correspondiente, “y una botella de cava lo era”. 

La Administración no puede ser una asegurada universal 

“Dichas medidas, a priori, eran adecuadas y proporcionadas a la situación, de tal manera que, a menos que convirtamos a la Administración en una aseguradora universal en esta clase de eventos, hemos de sostener que la responsabilidad por las graves y lamentables lesiones que padeció el recurrente han de imputarse, exclusivamente, al delincuente que arrojó una botella de cava o champán contra las fuerzas de orden público y que impactó contra la cabeza del actor”, remarcan los magistrados. 

Asimismo, la Sala destaca, como hecho relevante, que durante el acto estrictamente organizado por el Ayuntamiento —el lanzamiento de un cohete desde el balcón de la Casa Consistorial— no ocurrió el hecho lesivo. 

“Las lesiones, como hemos dicho, fueron provocadas por la acción brutal, salvaje y dolosa de un tercero, que fue condenado, es decir, que un tercero rompió el curso causal de la actuación municipal. ¿Pudo el Ayuntamiento procurar el desarrollo del acto festivo sin riesgos en absoluto para los asistentes?”, se pregunta el Tribunal. 

Al respecto, los jueces detallan todas las acciones recogidas en el dispositivo policial desplegado para el Chupinazo en el Casco Viejo de Pamplona, en donde una de sus finalidades consistía en que se impidiera el acceso a la plaza consistorial de banderas de grandes dimensiones. 

Fue precisamente la intervención policial para evitar la entrada de una bandera de grandes dimensiones la que dio origen a que los agentes fueran atacados por un grupo de personas, una de las cuales lanzó la citada botella.  

Valora este contenido.

Sé el primero en puntuar este contenido.

No hay entradas relacionadas

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.

Las cookies estrictamente necesarias tiene que estar siempre activadas para el correcto funcionamiento de la web. No recogen ningún tipo de información personal.

Si desactivas esta cookie no podremos guardar tus preferencias. Esto significa que cada vez que visites esta web tendrás que activar o desactivar las cookies de nuevo.

Utilizamos cookies de análisis o medición que son aquellas que, tratadas por nosotros, nos permiten el seguimiento y análisis del comportamiento de los usuarios de los sitios web a los que están vinculadas, incluida la cuantificación de los impactos de los anuncios.

La información recogida mediante este tipo de cookies se utiliza en la medición de la actividad de los sitios web, aplicación o plataforma, con el fin de introducir mejoras en los productos o servicios ofertados en función del análisis de los datos de uso que hacen los usuarios del servicio.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Utilizamos cookies publicitarias que son aquellas que, tratadas por nosotros o por terceros, almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico de navegación de los usuarios para mostrarles publicidad en función del mismo.

¡Por favor, activa primero las cookies estrictamente necesarias para que podamos guardar tus preferencias!

Entrada siguiente

Podcast de Óscar Fernández León sobre cómo alcanzar nuestros objetivos al interrogar al perito que hemos propuesto

mar Sep 20 , 2022
En esta entrega de la Guía Práctica de la Abogacía que Thomson Reuters Aranzadi te ofrece de forma gratuita, el abogado y experto en habilidades profesionales Óscar Fernández León, explica las técnicas de litigación que se centran en … La entrada Podcast de Óscar Fernández León sobre cómo alcanzar nuestros […]

Puede que te guste

Generated by Feedzy