El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a pagar 27.000 euros por desestimar «de manera superficial» la denuncia de una mujer que aseguró ser víctima de trata de personas y explotación sexual entre 2003 y 2007.
Los magistrados han concluido que España incumplió su obligación de investigar, lo que tiene «consecuencias devastadoras» para la víctima y supone una violación del artículo 4 -prohibición de esclavitud y trabajo forzoso- del Convenio Europeo de Derechos Humanos en su parte procesal.
En la sentencia, recogida por Europa Press, el tribunal explica que las autoridades españolas, «al no actuar con prontitud y no seguir varias líneas de investigación obvias, y al desestimar provisionalmente el caso en 2017 de manera superficial», demostraron un «flagrante desprecio por la obligación de investigar las graves denuncias de trata de personas».
En este sentido, los magistrados subrayan que el hecho de que la causa se desestimara provisionalmente, y no mediante una orden de desestimación definitiva, no afecta a la conclusión del tribunal.
La denuncia
En este caso, la mujer denunció que había sido víctima de trata de personas entre Nigeria y España entre 2003 y 2007. Según relató, logró «escapar» de sus presuntos traficantes y presentó una denuncia en 2011.
El TEDH considera que no se tomaron medidas durante los dos primeros años de la investigación, que los investigadores no siguieron líneas de investigación obvias y que las decisiones de archivo provisional del caso dictadas en 2017 fueron «superficiales e insuficientemente motivadas», aunque en su momento se lo otorgó el estatus de testigo protegida.
Según recoge la sentencia, la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó el archivo en 2017 al entender que la denuncia de la mujer era inconsistente y que los informes periciales le atribuían una edad que no coincidía con la que ella alegaba.
La corte con sede en Estrasburgo señala que la denuncia de la mujer recogía detalles «consistentes», que dijo haber sido reclutada a través de un pariente, que denunció haber sido víctima de prácticas de «vudú» para garantizar el pago de su «deuda» y para disuadirla de denunciar a los traficantes, extremos que corresponden «al ‘modus operandi’ utilizado a menudo por los traficantes en Nigeria».
«Tampoco hay duda de que la demandante se encontró en situación extrema de vulnerabilidad entre 2003 y 2011: las propias autoridades españolas siempre la consideraron víctima de trata de seres humanos», añade.
El tribunal reprocha a España que, tras abrir la investigación en 2011, tardara dos años en adoptar «las medidas más básicas». «Está claro que las autoridades no actuaron con la debida diligencia en la etapa inicial de la investigación», apunta.
Así las cosas, el TEDH estima oportuno que España pague a la mujer 15.000 euros en concepto de daños morales y 12.000 euros por costas y gastos.
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