El Supremo estima que los hombres también podrán solicitar el complemento de maternidad a través de la tutela de derechos fundamentales

El Tribunal Supremo ha estimado que los hombres también podrán optar al complemento de maternidad en sus pensiones a través de la modalidad especial de la tutela de los derechos fundamentales.

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El Tribunal Supremo ha estimado que los hombres también podrán optar al complemento de maternidad en sus pensiones a través de la modalidad especial de la tutela de los derechos fundamentales.

“Es totalmente válido interponer una demanda especial de tutela de derechos fundamentales cuando un beneficiario de prestaciones de Seguridad Social considera que la resolución de la entidad gestora lo discrimina”, señala la sentencia.

Desde Gil Gibernau, despacho que ha representado a este jubilado, padre de dos hijos, “la sentencia aborda una cuestión estrictamente procesal, por la que, a través de la vulneración de derechos fundamentales se obtiene además del complemento, el reconocimiento de la situación de vulneración del derecho de igualdad en materia de género”.

Añaden que “al demandante ni tan siquiera se le llega a denegar el complemento; el Juzgado nº 20 de lo Social de Madrid, no entró en el fondo, es decir ,no resolvió sobre si el pensionista tenía o no derecho al complemento de maternidad por aportación demográfica, al considerar que el cauce procedimental que habíamos elegido no era el adecuado”.

En este caso, para la Sala, aunque sea una pretensión de la Seguridad Social, también se puede optar por esta modalidad especial y “al ser una cuestión procesal, no afecta en cuanto a los requisitos necesarios para solicitar el complemento de maternidad por aportación demográfica”, señalan desde el despacho.

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