El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación de la orden dictada por la Dirección General de la Guardia Civil en 2022 con la que pretendía regular las horas de servicio en las patrulleras del Servicio Marítimo del Instituto Armado.
En una providencia con fecha de 5 de febrero, consultada por Europa Press, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha inadmitido el recurso de la Abogacía del Estado y confirmado el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anulando la Orden 15/2022 –que modificaba a su vez la 11/2014– que regulaba este servicio.
Con la decisión del Supremo, dicha orden queda derogada y la Dirección General de la Guardia Civil está obligada a cesar en su aplicación, que pretendía computar a los agentes sólo 15 horas trabajadas por cada 24 horas embarcados al Servicio Marítimo.
Decisión no dialogada
Desde JUCIL, asociación profesional de la Guardia Civil, han celebrado el fallo judicial al considerarlo como «una victoria definitiva sobre el régimen y las retribuciones de los guardias civiles del Servicio Marítimo-patrulleras».
En una nota de prensa, JUCIL ha señalado que la Administración basó la orden anulada en «una decisión no dialogada» y que buscaba «computar a los efectivos solo 15 horas trabajadas por cada 24 horas embarcados en el Servicio Marítimo».
«JUCIL se opuso desde un principio, al entender que se incumplían las directivas sobre condiciones de trabajo de la Unión Europea en cuanto al tiempo de cálculo de la jornada laboral de los guardias civiles adscritos a esta función e inmediatamente decidió recurrir la orden ante los tribunales», ha recordado.
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