El juzgado vuelve a requerir a la Generalitat que informe sobre quién decidió enviar el SMS de alerta por la dana

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja (Valencia) ha vuelto a requerir a la Generalitat para que comunique, en un plazo de cinco días, qué persona tomó la decisión de enviar a la población el SMS de alerta por la dana el pasado 29 de octubre, al tiempo que ha pedido a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) que facilite los datos relativos al caudal del barranco del Poyo entre las 16.13 y las 18.42 horas de ese día y precise de qué forma se transmitieron.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en un auto que ha sido notificado este jueves a las partes, la magistrada también ha acordado solicitar a diferentes medios de comunicación material videográfico sobre la crecida de esa rambla y las declaraciones y comunicaciones efectuadas por autoridades y responsables de Emergencias, tanto sobre el conocimiento del sistema Es-Alert como «sobre el nivel de alerta y la evolución de las circunstancias meteorológicas» durante esa fecha.

Por último, ha acordado citar a declarar en calidad de perito a un investigador de la Universitat Politècnica de València en relación a un estudio cartográfico en el que se detalla «de forma minuciosa» las cotas a las que llegó el agua tras el desbordamiento del barranco del Poyo en municipios de la comarca de l’Horta Sud. La dana dejó 224 víctimas mortales y tres desaparecidos, cuyos familiares ya pueden instar la declaración oficial de fallecimiento, y daños millonarios en más de 80 municipios de la provincia.

La resolución judicial recoge que, de la práctica de los ofrecimientos de acciones y declaraciones de testigos y familiares de los fallecidos del partido judicial de Catarroja, «se constata un desconocimiento por las víctimas de la situación de altísimo riesgo en la que se encontraban por el desbordamiento de la Rambla del Poyo, así como del barranco de l’Horteta».

La magistrada recuerda que muchas víctimas de la tercera edad «se encontraban en las plantas bajas de sus domicilios y murieron en ellos», mientras que otras estaban o circulaban por las calles o bajaban a sacar vehículos de sus garajes cuando el mensaje de alerta donde se instaba a evitar desplazamientos «se envió a los teléfonos móviles a las 20.11 horas».

La juzgadora considera que es necesario analizar no solo si se produjeron las oportunas mediciones del caudal del barranco del Poyo y su conocimiento por parte de los responsables de Emergencias, sino también si la «simple percepción directa de cualquier persona cercana» a esa rambla de la «intensidad del desbordamiento» pudo permitir a esos responsables conocer la situación.

Riesgo y evolución de las circunstancias

Además de analizar la remisión del SMS por el sistema Es-Alert, la titular del órgano judicial entiende que ha de dilucidarse también si se comunicó el riesgo existente a la población y la evolución de las circunstancias meteorológicas por «otros medios» de forma previa, como «conferencias de prensa, declaraciones públicas o comunicados oficiales a los medios».

Respecto al envío del SMS de alerta a la población, la juez indica que en la documentación remitida por la Conselleria de Interior y Emergencias de la Generalitat no se responde a la petición de información sobre qué persona tomó la decisión, por lo que vuelve a requerir a la Administración autonómica para que lo comunique «en el improrrogable plazo de cinco días». También solicita a la Conselleria que identifique al funcionario o al técnico que ejecutó esa orden.

Mensajes y SAIH

Por otro lado, el auto señala que existe un intervalo de tiempo «sin mensajes» sobre el caudal de la Rambla del Poyo en las comunicaciones de la CHJ de esa tarde del 29 de octubre, en concreto entre un correo fechado a las 16.13 horas y otro a las 18.42.

No obstante, la juez precisa que la propia Confederación informó en una nota de prensa fechada el pasado 4 de febrero que el Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH) «funcionaba y transmitía datos actualizados cada cinco minutos».

Es por esta razón por la que la magistrada requiere al organismo de cuenca que facilite «la integridad» de los datos existentes en ese intervalo de tiempo sobre el caudal del barranco y concrete «el medio utilizado de transmisión», si este consistía en su publicación en la página web de la CHJ o se usó algún otro.

El auto, que ha sido notificado ya a la Fiscalía y a las siete acusaciones particulares personadas hasta hoy en el procedimiento, puede ser recurrido en reforma o apelación.

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