El colmo de la paridad

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Por: Lilia Aguilar Gil

A pesar de ser uno de los estados en donde la violencia en contra de las mujeres es un grave problema, de contar con dos alertas de género debido a esa condición, de contar apenas después de decenas de administraciones y más de 80 años de ser gobernada por hombres y de alcanzar apenas estándares mínimos en cuanto a la paridad de género en todos los puestos de elección y ejercicio del poder, hay quienes piensan que hemos llegado al colmo de la paridad.

Ahora que se discute en el Congreso del estado la nueva Constitución política, la fracción panista (no podía ser otra), encabezada por su coordinador, traen una propuesta que busca impedir el registro de candidatas mujeres a la gubernatura en la elección local de 2027, con el argumento de la paridad de género, debido a que la actual mandataria estatal es mujer, la panista María Eugenia Campos Galván, entonces, debido a esto, el siguiente gobernador debe ser hombre.

El coordinador panista, Alfredo Chávez, muy “lucidamente” declara: “se busca que en el proceso electoral de 2027 pudiera reservarse la candidatura a gobernador a un hombre porque ya tenemos gobernadora mujer (Maru Campos); esto iría acorde con la política de paridad que se ha venido implementando en todas las instituciones en el país.
Se están revisando algunos temas técnicos para la implementación del dictamen, y será la siguiente semana cuando se aborde el tema en la comisión especial de reforma constitucional.

Siendo chihuahuense, no puedo sentir más pena al escuchar las “razones” que esgrime el panista.
El problema es que no es solo él quien piensa de esa manera, sino también las diputadas de esa fracción, olvidando todas y todos lo que significa la paridad o más bien, dejando ver que desconocen o están francamente en contra de la igualdad de las mujeres, sin embargo, deben ser políticamente correctos y se escudan en ese razonamiento barato.

La paridad de género se apoya en un instrumento llamado “acciones afirmativas”, las cuales son políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos.
Se les conoce también como “acciones positivas”, “medidas positivas”, “discriminación en sentido inverso” y “discriminación positiva”.

De acuerdo con el Instituto Nacional de las Mujeres, para nosotras, estas acciones son obligatorias ya que su condición de género es un factor que limita el acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para el desarrollo; su aplicación a favor de las mujeres no constituye discriminación para los hombres ya que para éstos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos (el subrayado es mío).

Es obvio que nadie le ha explicado al diputado ni él se ha tomado la molestia de entender lo que esto significa.
Cómo hacerle ver que aunque una mujer haya accedido al poder después de por lo menos 60 gobernadores hombres, eso no es paridad; que las acciones afirmativas son temporales siempre y cuando el problema haya sido resuelto y los resultados sean sostenibles, es decir, cuando realmente existan condiciones parejas para que las mujeres alcancen ese espacio de poder y eso, jamás, nunca lo dará el que una mujer ya lo haya hecho.

El razonamiento barato del diputado es como el que desgraciadamente muchas personas aún señalan cuando dicen cosas como: “¿quieren igualdad?, hagan servicio militar también, o , “las oportunidades hay están, pero deben ser capaces para poder acceder a ellas”, obviando que no hay esas condiciones, que siguen existiendo casos en los cuales las mujeres no podemos acceder a puestos de poder porque somos mujeres, solo por eso, sin importar nuestra capacidad.

Que lastima que para algunos actores políticos Chihuahua, a pesar de las condiciones adversas que tenemos para vivir una libre de violencia y poder ejercer nuestros derechos como los hombres, ya estemos en el colmo de la paridad.

Por: Lilia Aguilar Gil

A pesar de ser uno de los estados en donde la violencia en contra de las mujeres es un grave problema, de contar con dos alertas de género debido a esa condición, de contar apenas después de decenas de administraciones y más de 80 años de ser gobernada por hombres y de alcanzar apenas estándares mínimos en cuanto a la paridad de género en todos los puestos de elección y ejercicio del poder, hay quienes piensan que hemos llegado al colmo de la paridad.

Ahora que se discute en el Congreso del estado la nueva Constitución política, la fracción panista (no podía ser otra), encabezada por su coordinador, traen una propuesta que busca impedir el registro de candidatas mujeres a la gubernatura en la elección local de 2027, con el argumento de la paridad de género, debido a que la actual mandataria estatal es mujer, la panista María Eugenia Campos Galván, entonces, debido a esto, el siguiente gobernador debe ser hombre.

El coordinador panista, Alfredo Chávez, muy “lucidamente” declara: “se busca que en el proceso electoral de 2027 pudiera reservarse la candidatura a gobernador a un hombre porque ya tenemos gobernadora mujer (Maru Campos); esto iría acorde con la política de paridad que se ha venido implementando en todas las instituciones en el país.
Se están revisando algunos temas técnicos para la implementación del dictamen, y será la siguiente semana cuando se aborde el tema en la comisión especial de reforma constitucional.

Siendo chihuahuense, no puedo sentir más pena al escuchar las “razones” que esgrime el panista.
El problema es que no es solo él quien piensa de esa manera, sino también las diputadas de esa fracción, olvidando todas y todos lo que significa la paridad o más bien, dejando ver que desconocen o están francamente en contra de la igualdad de las mujeres, sin embargo, deben ser políticamente correctos y se escudan en ese razonamiento barato.

La paridad de género se apoya en un instrumento llamado “acciones afirmativas”, las cuales son políticas públicas cuyo objetivo es compensar las condiciones que discriminan a ciertos grupos sociales del ejercicio de sus derechos.
Se les conoce también como “acciones positivas”, “medidas positivas”, “discriminación en sentido inverso” y “discriminación positiva”.

De acuerdo con el Instituto Nacional de las Mujeres, para nosotras, estas acciones son obligatorias ya que su condición de género es un factor que limita el acceso a los recursos económicos, culturales y políticos importantes para el desarrollo; su aplicación a favor de las mujeres no constituye discriminación para los hombres ya que para éstos el género no representa una limitante para el ejercicio de sus derechos (el subrayado es mío).

Es obvio que nadie le ha explicado al diputado ni él se ha tomado la molestia de entender lo que esto significa.
Cómo hacerle ver que aunque una mujer haya accedido al poder después de por lo menos 60 gobernadores hombres, eso no es paridad; que las acciones afirmativas son temporales siempre y cuando el problema haya sido resuelto y los resultados sean sostenibles, es decir, cuando realmente existan condiciones parejas para que las mujeres alcancen ese espacio de poder y eso, jamás, nunca lo dará el que una mujer ya lo haya hecho.

El razonamiento barato del diputado es como el que desgraciadamente muchas personas aún señalan cuando dicen cosas como: “¿quieren igualdad?, hagan servicio militar también, o , “las oportunidades hay están, pero deben ser capaces para poder acceder a ellas”, obviando que no hay esas condiciones, que siguen existiendo casos en los cuales las mujeres no podemos acceder a puestos de poder porque somos mujeres, solo por eso, sin importar nuestra capacidad.

Que lastima que para algunos actores políticos Chihuahua, a pesar de las condiciones adversas que tenemos para vivir una libre de violencia y poder ejercer nuestros derechos como los hombres, ya estemos en el colmo de la paridad.

Osvaldo

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