El 5 de septiembre la SCJN va a discutir el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que propone declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa
El 5 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación va a discutir el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que propone declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, ante ello la diputada federal del PAN, Rocío Reza Gallegos, consideró que este no es el momento para eliminar esta figura, ya que los momentos de violencia que vive el país, no es idóneo para abrir la puerta a personas que han delinquido, en tanto que el Senador de Morena, Rafael Espino de la Peña, opinó que no está de acuerdo con la prisión preventiva oficiosa, motivo por el cual dijo que se debe de revisar porque debe de respetarse el principio de presunción de inocencia.
Agregó la legisladora de Acción Nacional que existe rezago en la integración de los expedientes en las investigaciones del Ministerio Público, en gran medida retrasa las sentencias, lo cual no es justo para los acusados, sin embargo, este no es motivo para abrir la puerta a las personas que en este momento no tienen una sentencia.
“Dejar que salgan las personas que no tienen en este momento una sentencia, representaría complicar más el tema de inseguridad en el país”, añadió Reza Gallegos.
En tanto el legislador chihuahuense en la Cámara Alta, añadió que nadie puede ser considerado culpable, hasta que se le demuestre lo contrario.
“Encarcelar a alguien en automático, es violentar los derechos humanos, por lo que se debe de fortalecer la prisión preventiva justificada, para que haya un análisis de un juzgador autónomo, para decidir si existe o no la probable responsabilidad para enfrentar el proceso en reclusión”, agregó el morenista.
Es una cuestión técnica que analiza la SCJN, por lo que estaremos a la expectativa, concluyó el Espino de la Peña.
En el proyecto que se someterá a votación del pleno de la SCJN se plantea la invalidación del párrafo séptimo en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y la última parte del párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución, todos relativos a la prisión preventiva oficiosa.
El 5 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación va a discutir el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales que propone declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa, ante ello la diputada federal del PAN, Rocío Reza Gallegos, consideró que este no es el momento para eliminar esta figura, ya que los momentos de violencia que vive el país, no es idóneo para abrir la puerta a personas que han delinquido, en tanto que el Senador de Morena, Rafael Espino de la Peña, opinó que no está de acuerdo con la prisión preventiva oficiosa, motivo por el cual dijo que se debe de revisar porque debe de respetarse el principio de presunción de inocencia.
Agregó la legisladora de Acción Nacional que existe rezago en la integración de los expedientes en las investigaciones del Ministerio Público, en gran medida retrasa las sentencias, lo cual no es justo para los acusados, sin embargo, este no es motivo para abrir la puerta a las personas que en este momento no tienen una sentencia.
“Dejar que salgan las personas que no tienen en este momento una sentencia, representaría complicar más el tema de inseguridad en el país”, añadió Reza Gallegos.
En tanto el legislador chihuahuense en la Cámara Alta, añadió que nadie puede ser considerado culpable, hasta que se le demuestre lo contrario.
“Encarcelar a alguien en automático, es violentar los derechos humanos, por lo que se debe de fortalecer la prisión preventiva justificada, para que haya un análisis de un juzgador autónomo, para decidir si existe o no la probable responsabilidad para enfrentar el proceso en reclusión”, agregó el morenista.
Es una cuestión técnica que analiza la SCJN, por lo que estaremos a la expectativa, concluyó el Espino de la Peña.
En el proyecto que se someterá a votación del pleno de la SCJN se plantea la invalidación del párrafo séptimo en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, y la última parte del párrafo segundo del artículo 19 de la Constitución, todos relativos a la prisión preventiva oficiosa.