¿Cuáles son los tipos de testamento que puedes tramitar en México?

Este Septiembre, mes del testamento, busca la mejor opción para dejar en las mejores manos tu patrimonio

Septiembre fue nombrado el mes del testamento, para evitar que tus familiares se “peleen por los terrenos” es importante que pienses muy bien a quién o quienes dejar tu patrimonio, con esto puedes asegurarte de que tus seres queridos estén seguros y tu trabajo sea bien utilizado.

Con este fin, se llama a la ciudadanía buscar su mejor opción para tener asegurado su legado, o bien en caso de emergencias saber que puedes hacer lo posible para dejar tu voluntad clara.

El Público Abierto: quizás el más “normal”, es el otorgado ante notario o notaria, quien lo redacta y da fe, anotando en una escritura.

También está Público Cerrado, este es el escrito y rubricado en cada hoja por el testador o por otra persona a su petición.
El sobre que lo contenga deberá estar cerrado y firmado en su cubierta por el testador, los testigos y el notario o notaria, quien además pondrá su sello para darle validez.

Además está el Ológrafo, es el que escribe el testador (el dueño de los bienes) y lo deposita en alguna notaría o autoridad para su validez.

Por último el Simplificado, es aquel que se hace al momento en que se adquiere un bien, y deja en la compra especificada a quién pasaría en caso de fallecimiento, como en las casas.

Marítimo: Como su nombre lo indica, lo pueden realizar quienes se encuentren en alta mar, dentro de navíos de la Marina Nacional y deben escribirlos en los dos testigos y el capitán.

Privado: Este se usa en casos de enfermedad grave, cuando no se pueda acudir ante notario o juez, si el testador se recupera se invalida.

En el Extranjero: Estos se llevan a cabo fuera del territorio nacional, ante autoridades mexicanas o ante autoridades extranjeras respetando las leyes del país donde se otorga.

Militar: Lo hacen militares en el momento de entrar a una guerra o al ser herido en batalla, declarando su voluntad ante testigos o entregando un documento firmado con puño y letra donde contenga su voluntad.

Agrario o lista de sucesores: El ejidatario designa a personas que ocuparan la tenencia de la tierra, cuando este fallezca y es necesario que se inscriba al Registro Agrario Nacional.

Septiembre fue nombrado el mes del testamento, para evitar que tus familiares se “peleen por los terrenos” es importante que pienses muy bien a quién o quienes dejar tu patrimonio, con esto puedes asegurarte de que tus seres queridos estén seguros y tu trabajo sea bien utilizado.

Con este fin, se llama a la ciudadanía buscar su mejor opción para tener asegurado su legado, o bien en caso de emergencias saber que puedes hacer lo posible para dejar tu voluntad clara.

El Público Abierto: quizás el más “normal”, es el otorgado ante notario o notaria, quien lo redacta y da fe, anotando en una escritura.

También está Público Cerrado, este es el escrito y rubricado en cada hoja por el testador o por otra persona a su petición.
El sobre que lo contenga deberá estar cerrado y firmado en su cubierta por el testador, los testigos y el notario o notaria, quien además pondrá su sello para darle validez.

Además está el Ológrafo, es el que escribe el testador (el dueño de los bienes) y lo deposita en alguna notaría o autoridad para su validez.

Por último el Simplificado, es aquel que se hace al momento en que se adquiere un bien, y deja en la compra especificada a quién pasaría en caso de fallecimiento, como en las casas.

Marítimo: Como su nombre lo indica, lo pueden realizar quienes se encuentren en alta mar, dentro de navíos de la Marina Nacional y deben escribirlos en los dos testigos y el capitán.

Privado: Este se usa en casos de enfermedad grave, cuando no se pueda acudir ante notario o juez, si el testador se recupera se invalida.

En el Extranjero: Estos se llevan a cabo fuera del territorio nacional, ante autoridades mexicanas o ante autoridades extranjeras respetando las leyes del país donde se otorga.

Militar: Lo hacen militares en el momento de entrar a una guerra o al ser herido en batalla, declarando su voluntad ante testigos o entregando un documento firmado con puño y letra donde contenga su voluntad.

Agrario o lista de sucesores: El ejidatario designa a personas que ocuparan la tenencia de la tierra, cuando este fallezca y es necesario que se inscriba al Registro Agrario Nacional.

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