¿Constituye despido improcedente la baja del trabajador en la Seguridad Social antes de que finalice el preaviso de una dimisión voluntaria?

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha de 9 de enero del 2025.

Resumen

Un trabajador comunica su intención de causar baja voluntaria con 15 días de antelación, indicando que los cumpliría en vacaciones. La empresa lo da de baja en la Seguridad Social antes de que expire ese plazo. El tribunal declara improcedente el despido, entendiendo que la relación laboral continúa viva durante el preaviso y que la baja anticipada por parte de la empresa constituye un despido sin causa.

Antecedentes de hecho

Fundamentos jurídicos

Conclusión Lexa

La baja voluntaria con preaviso no extingue automáticamente la relación laboral, que permanece viva hasta la fecha efectiva del cese. Si la empresa anticipa unilateralmente la baja en Seguridad Social, incurre en despido improcedente.

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