Chihuahua pide al Congreso de la Unión reformar Ley de Migración y de Protección Civil

Entre otras cosas se pide establecer que una situación migratoria irregular no sea por sí misma comisión de un delito, además de que los funcionarios del INM estén certificados

Con el objetivo de reformar la Ley de Migración y la Ley General de Protección Civil, los diputados de la 67 Legislatura del Estado de Chihuahua enviaron una iniciativa con carácter de Decreto al Congreso de la Unión buscando se garantice la protección de migrantes.

La Diputada Georgina Zapata Lucero, al dar lectura al dictamen preparado por la Comisión de Asuntos Fronterizos y Atención a Migrantes, destacó algunos aspectos clave de la reforma a la Ley de Migración.

En primer lugar, se enfatiza que una situación migratoria irregular no constituirá por sí misma la comisión de un delito, y tampoco se pre juzgará la comisión de ilícitos por parte de un migrante debido a su condición no documentada.
Esto implica que la autoridad migratoria no podrá retener a los migrantes indefinidamente.

Entre otros puntos relevantes de la reforma se encuentran los siguientes: se promoverá la coordinación con los gobiernos estatales y municipales para establecer y cerrar estancias o estaciones migratorias.

En el caso del cierre de estas instalaciones, se deberá justificar el motivo y tomar medidas provisionales para garantizar la protección de los migrantes.

Además, se establece que las estaciones migratorias y los lugares habilitados para este fin deberán cumplir con las disposiciones de la Ley General de Protección Civil, así como las leyes y reglamentos locales en la materia.

Asimismo, se establece que los servidores públicos adscritos al Instituto Nacional de Migración (INM) deberán acreditar su certificación en materia de protección civil, asistencia a personas en situación de vulnerabilidad, atención y procedimientos aplicables a niñas, niños y adolescentes, perspectiva de género.

Así como en aquellos programas sugeridos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil especializadas en la protección integral de personas migrantes.
Además, se deberá evaluar periódicamente el conocimiento de los protocolos de seguridad y protección civil para situaciones de riesgo.

En el caso de que los integrantes del INM no acrediten dichas evaluaciones, serán separados de su cargo y dados de baja.
Por otro lado, se establece que corresponde a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos coadyuvar con el INM en la implementación de acciones para garantizar la protección integral de personas migrantes, mediante certificaciones y capacitaciones del personal en las estaciones migratorias o estancias provisionales.

En relación a la Ley General de Protección Civil, la reforma propuesta menciona la necesidad de gestionar inspecciones de cumplimiento de los lineamientos de Protección Civil en las instalaciones de las estaciones o estancias migratorias operadas por el INM.
Estas instalaciones deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil y se expedirá un certificado de cumplimiento, el cual deberá renovarse cada doce meses.

Con el objetivo de reformar la Ley de Migración y la Ley General de Protección Civil, los diputados de la 67 Legislatura del Estado de Chihuahua enviaron una iniciativa con carácter de Decreto al Congreso de la Unión buscando se garantice la protección de migrantes.

La Diputada Georgina Zapata Lucero, al dar lectura al dictamen preparado por la Comisión de Asuntos Fronterizos y Atención a Migrantes, destacó algunos aspectos clave de la reforma a la Ley de Migración.

En primer lugar, se enfatiza que una situación migratoria irregular no constituirá por sí misma la comisión de un delito, y tampoco se pre juzgará la comisión de ilícitos por parte de un migrante debido a su condición no documentada.
Esto implica que la autoridad migratoria no podrá retener a los migrantes indefinidamente.

Entre otros puntos relevantes de la reforma se encuentran los siguientes: se promoverá la coordinación con los gobiernos estatales y municipales para establecer y cerrar estancias o estaciones migratorias.

En el caso del cierre de estas instalaciones, se deberá justificar el motivo y tomar medidas provisionales para garantizar la protección de los migrantes.

Además, se establece que las estaciones migratorias y los lugares habilitados para este fin deberán cumplir con las disposiciones de la Ley General de Protección Civil, así como las leyes y reglamentos locales en la materia.

Asimismo, se establece que los servidores públicos adscritos al Instituto Nacional de Migración (INM) deberán acreditar su certificación en materia de protección civil, asistencia a personas en situación de vulnerabilidad, atención y procedimientos aplicables a niñas, niños y adolescentes, perspectiva de género.

Así como en aquellos programas sugeridos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y las organizaciones de la sociedad civil especializadas en la protección integral de personas migrantes.
Además, se deberá evaluar periódicamente el conocimiento de los protocolos de seguridad y protección civil para situaciones de riesgo.

En el caso de que los integrantes del INM no acrediten dichas evaluaciones, serán separados de su cargo y dados de baja.
Por otro lado, se establece que corresponde a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos coadyuvar con el INM en la implementación de acciones para garantizar la protección integral de personas migrantes, mediante certificaciones y capacitaciones del personal en las estaciones migratorias o estancias provisionales.

En relación a la Ley General de Protección Civil, la reforma propuesta menciona la necesidad de gestionar inspecciones de cumplimiento de los lineamientos de Protección Civil en las instalaciones de las estaciones o estancias migratorias operadas por el INM.
Estas instalaciones deberán contar con un Programa Interno de Protección Civil y se expedirá un certificado de cumplimiento, el cual deberá renovarse cada doce meses.

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