Aprobado un gasto de 46 millones al CGAE para el turno de oficio y el RD del Reglamento de acceso a la abogacía y la procura

El Consejo de Ministros autorizó ayer la concesión de una subvención directa de 46.418.990 euros al Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) para sufragar los gastos de la prestación de servicios de asistencia jurídica gratuita en el territorio, en

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El Consejo de Ministros autorizó ayer la concesión de una subvención directa de 46.
418.
990 euros al Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) para sufragar los gastos de la prestación de servicios de asistencia jurídica gratuita en el territorio, en concreto en Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, Baleares, Ceuta y Melilla.
Además, aprobó el Real Decreto (RD) por el que se aprueba el reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la abogacía y la procura,

En cuanto al gasto para el turno de oficio, esta aportación, prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el presente ejercicio, se destina a retribuir las actuaciones profesionales de los abogados dirigidas a personas que hayan sido reconocidas como beneficiarias de la asistencia jurídica gratuita en el ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.

En el caso de víctimas de violencia de género, terrorismo y trata de seres humanos, así como en el de menores de edad y personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, la asistencia jurídica gratuita incluye también el asesoramiento y la orientación en el momento inmediatamente previo a la interposición de la denuncia o querella.

Igualmente, se destina a sufragar los costes generados en el CGAE como consecuencia del funcionamiento operativo de los servicios de asistencia jurídica gratuita y de las unidades encargadas del asesoramiento y la orientación previos al proceso, así como en la tramitación de los expedientes dentro del citado ámbito de competencia del Ministerio de Justicia.

Acceso a la abogacía y la procura

En cuanto al acceso a la profesión, se dio luz verde al Real Decreto (RD) por el que se aprueba el reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la abogacía y la procura, que permitirá el acceso a ambas contando con el mismo título universitario oficial de Derecho y superando una prueba única y común de evaluación de la aptitud profesional.

El RD establece un acceso único a ambas profesiones, exigiendo similar título oficial universitario, de licenciatura o grado en Derecho, así como el mismo curso de formación especializada de capacitación.
De esta forma, quienes superen la prueba única para la evaluación de la aptitud profesional, podrán ejercer indistintamente la abogacía o la procura.
El único requisito será que la colegiación deberá hacerse en el correspondiente colegio profesional, según qué actividad se decida ejercer, sin más límite que la prohibición del ejercicio simultáneo de ambas actividades.

Igualmente, se recoge la regulación de la flexibilización de la reserva de la actividad profesional de la procura, permitiéndose que también la abogacía pueda asumir la representación técnica de las partes y desarrollar el resto de las funciones que son propias de la procura, para la cooperación y auxilio de los tribunales.

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