Acuerdo en la Unión Europea para endurecer la respuesta a los ecodelitos

El Consejo de la Unión Europea (UE) y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre una propuesta de Directiva de la UE que mejorará el proceso de investigación y enjuiciamiento de delitos ambientales.

La ministra de Justicia en funciones, Pilar Llop, ha puesto en valor «el compromiso de España y de la Unión para perseguir los delitos ambientales y defender los ecosistemas ante múltiples amenazas».

Del mismo modo, ha recordado que «esta nueva ley supone un marco de actuación conjunta que va a permitir una respuesta unificada y coordinada contra los delitos sobre el medio ambiente y, por tanto, sobre la salud y la vida de la ciudadanía europea».

La nueva directiva define de manera más precisa el delito ambiental y agrega nuevos tipos de delitos ambientales. Por primera vez, se armonizan las sanciones para personas físicas y jurídicas en todos los Estados miembros de la UE.

Además, se ha acordado aumentar el número de delitos existes en el Derecho penal de la UE de 9 a 18. Esto amplía y especifica el tipo de conductas prohibidas y su impacto en el medio ambiente. Los nuevos delitos incluyen el tráfico de madera, que es una causa importante de deforestación en algunas partes del mundo; el reciclaje ilegal de componentes contaminantes de barcos; así como graves violaciones de la legislación sobre productos químicos.

Endurecimiento de penas

La nueva directiva incluye un «delito cualificado», entendido como aquel que se comente intencionalmente y que causa bien la destrucción o bien un daño extenso y sustancial, de carácter irreversible o duradero, a un ecosistema de considerable tamaño o valor ambiental, o a un hábitat natural dentro de una zona protegida, o a la calidad del aire, del suelo o del agua.

El texto propone un endurecimiento de las penas, tanto para las personas físicas, que pueden llegar hasta los diez años de prisión en los casos más graves; así como para las personas jurídicas, con una sanción máxima de al menos el 5% del total de ingresos mundiales de la persona jurídica, o alternativamente, 40 millones de euros.

Entrenamiento y recursos

Además, los Estados miembros deberán asegurarse de que se proporcione formación para aquellos que trabajan en la detección, investigación y enjuiciamiento de delitos ambientales, como jueces, fiscales y autoridades policiales.

Los países de la UE también deberán garantizar que estas autoridades cuenten con medios adecuados, incluyendo personal cualificado y recursos financieros, para llevar a cabo sus funciones. También se establecen disposiciones sobre apoyo y asistencia a personas que informan sobre delitos ambientales, defensores del medio ambiente y personas afectadas por estos delitos.

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